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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El establecimiento con domicilio en Vereda Pino La Legua, Carmona (Sevilla) y titular Mairavicola, S.L. (B-91062463), consta autorizado para la actividad de centro de embalaje y almacenamiento refrigerado de huevos e inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) con número de asiento 14.02369/SE.
Segundo. Con fecha 1.12.2015 ha sido reflejado en acta número 0059548, que según información recabada por los servicios de inspección, la empresa no ejerce actividad en dicho establecimiento desde hace más de dos años.
Tercero. Con fecha 23.2.2016 fue notificado mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, el Acuerdo de inicio del expediente para declarar el cese definitivo de la actividad realizada en el establecimiento y la extinción de su autorización, concediendo un plazo de 10 días para la presentación de alegaciones, sin que transcurrido dicho plazo éstas hayan sido recibidas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Que esta Delegación Territorial es competente para adoptar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios de Andalucía y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.
Segundo. Que según lo dispuesto en el artículo 8.1.b, del citado Decreto, la autorización sanitaria se revocará si se alteran de modo sustancial las condiciones originarias que fundamentaron su otorgamiento o bien si se constata un cese definitivo de la actividad.
Tercero. Se tiene constancia según la documentación que obra en el expediente que concurren tales circunstancias.
Visto lo que antecede y según lo establecido en los artículos 69 y 84 de la mencionada Ley 30/1992 de 26 de noviembre, esta Delegación Territorial
RESUELVE
Primero. La revocación de la autorización sanitaria de funcionamiento de la citada empresa.
Segundo. Notificar la presente resolución, con la indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 114, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería con competencia en materia de salud, en el plazo de un mes.
Sevilla, 4 de abril de 2016.- La Delegada, María Ángeles Fernández Ferreiro.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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