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Doña Mercedes Rodríguez Vázquez, Letrada de la Administración de Justicia y de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con Sede en Granada.
Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con el núm. 376/2009-K, seguido a instancia de Estival Televisión, S.L., contra Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía sobre Resolución de 29.7.08 que resuelve el concurso para otorgar concesiones de explotación del servicio público de Televisión Digital Terrestre.
En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala, Sección Primera, núm. 2169/2014, con fecha 28.7.2014, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallamos. Se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo formulado por Estival Televisión, S.L., contra el Acuerdo de 29 de julio de 2008 del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía por el que se resuelve “el concurso para el otorgamiento de concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito local en Andalucía para su gestión por particulares”, convocado por Acuerdo del mismo Consejo de Gobierno de 18 de abril de 2006. En concreto se anula la concesión con referencia TL03MA Estepona y TL06MA Marbella. Sin imposición de costas.»
Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del Fallo en el Boletín Oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a 5 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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