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Con fecha 8 de marzo de 2016, la Secretaría General Técnica dirige oficio a don Ángel Pérez Martín, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Intentada sin efecto la notificación personal del citado oficio al interesado, don Ángel Pérez Martín, procede efectuar la notificación prevista en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, mediante la reproducción del texto íntegro del mencionado oficio:
«En relación con el recurso de alzada formulado por usted, contra resolución de la Delegación Territorial de Granada, dictada en el expediente BC.01.648/15 y en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico lo siguiente:
Su escrito de recurso se ha recibido en la Consejería de Cultura el 25/02/16. De conformidad con el artículo 6.1.g) del Decreto 213/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, la Secretaría General Técnica de dicha Consejería es el órgano competente para su tramitación.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso es de tres meses a contar desde la fecha de entrada en el Registro antes indicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en concordancia con el 42.3.b) de la misma.
Transcurrido el mencionado plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, de conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.»
Sevilla, 12 de abril de 2016.- La Secretaria General Técnica, Isabel Mayo López.
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