Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 28/06/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Corrección de errores de la Resolución de 1 de junio de 2017, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se comunica, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la asignación definitiva de Derechos de Pago Básico de la Política Agrícola Común para cada año entre 2015 y 2019 (BOJA núm. 108 de 8.6.2017).

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Advertido errores en el texto de la Resolución de 1 de junio de 2017, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se comunica, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la asignación definitiva de Derechos de Pago Básico de la Política Agrícola Común para cada año entre 2015 y 2019, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 108, de 8 de junio de 2017, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

1. En la página 401, en el párrafo sexto:

Donde dice:

(..) El número máximo de derechos de pago básico asignados que se comunican mediante la presente Resolución, se corresponden al número de hectáreas admisibles declaradas en la solicitud de ayuda de 2015, o al número de hectáreas admisibles declaradas en la solicitud de ayudas de 2013, si esta cifra fuera menor.(..)

Debe decir:

(..) El número máximo de derechos de pago básico asignados que se comunican mediante la presente Resolución, se corresponden al número de hectáreas admisibles determinadas que haya declarado en la solicitud de ayuda de 2015, o al número de hectáreas admisibles determinadas que haya declarado en la solicitud de ayudas de 2013, si esta cifra fuera menor.(..)

2. En la página 403, en el apartado Cuarto:

Donde dice:

(...) , o bien interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 46.1 de la Ley 49/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Debe decir:

(..) o bien interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

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