Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 12/07/2017

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncio de 7 de julio de 2017, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Granada, por el que se hace público el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de 21 de octubre de 2015, sobre el plan especial de infraestructuras para implantación de actuaciones de interés público de interconexión de la red de Gas Natural Granada-Santa Fe.

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Para general conocimiento se informa que en la sesión de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada, celebrada el 21 de octubre de 2015, se aprobó definitivamente, el Plan Especial de Infraestructuras para implantación de actuaciones de interés público de interconexión de la red de Gas Natural Granada-Santa Fe (Expte. 9.119).

Con fecha de 31 de octubre de 2014, fue aprobado inicialmente por Resolución de esta Delegación Territorial y elevado a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio para su aprobación definitiva. Tras la tramitación legal realizada, la cuál consta en la Resolución de la CTOTU que aquí se publica, se instó por esta Delegación Territorial la inscripción en los Registros Municipales de Instrumentos de planeamiento de los Ayuntamientos de Granada y Santa Fe por dos veces (el 2 de diciembre de 2015 y 29 de septiembre de 2016).

Tras haberse procedido previamente a la inscripción y depósito del Instrumento Urbanístico de referencia en el Registro Municipal de Instrumentos de planeamiento del Ayuntamiento de Granada (por silencio administrativo, art. 22 y 23, Decreto 2/2004 de 7 de enero) y en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Santa Fe (también por silencio administrativo art. 22 y 23 del Decreto 2/2004, de 7 de julio), y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados de de 1 de diciembre de 2015 (núm. registro 6697), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procede a realizar la presente publicación.

ANEXO I

Asunto: Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada de fecha 21 de Octubre de 2015 sobre el Plan Especial de Infraestructuras para Implantación de Actuación de Interés Publico de interconexión de la red de Gas Natural Granada-Santa Fe, promovido por Gas Natural Andalucía, S.A., con Referencia: Expediente 9119.

Examinado el expediente sobre Plan Especial de Infraestructuras para Implantación de Actuación de Interés Publico de interconexión de la red de Gas Natural Granada-Santa Fe, promovido por Gas Natural Andalucía, S.A., con Referencia: Expediente 9119 y atendiendo a lo dispuesto en la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, en el Reglamento de Planeamiento, así como al Decreto 36/2014, de 11 de febrero, que regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Según dispone el artículo 10 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, se expuso por el ponente el informe que a continuación se reproduce que fue elevado a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo por la persona titular de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente como propuesta de resolución:

PLAN ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURAS PARA IMPLANTACIÓN DE ACTUACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO EN SUELO NO URBANIZABLE .

Municipios: Granada y Santa Fe.

Figura de planeamiento: Plan Especial para la ejecución de reformado a proyecto de antena de suministro de gas natural en MPB a Santa Fe. Ref.ª 9119. Promotor: Gas Natural Andalucía, S.A.

Comisión: 21 de octubre de 2015.

ANTECEDENTES

Planeamiento vigente.

planeamiento general: - Plan General de Ordenación Urbana de Granada AD/09/02/2001).

- Adaptación parcial a LOUA (AD/27/02/2009).

- Normas Subsidiarias de Santa Fe (AD/27/04/1998).

- Adaptación parcial a la LOUA (AD/03/12/2012).

TIpo de suelo:

No urbanizable: X

Especial protección: X

Tramitación:

Trámite Fecha
Aprobación Inicial: Resolución de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de 31 de octubre de 2014.
Información Pública (BOJA) 11 de marzo de 2015.
Información Pública (Diario Ideal) 16 de marzo de 2015.
Alegaciones: No se han presentado.

DOCUMENTACIÓN

La documentación aportada contiene una memoria que responde a los puntos previstos en el art. 42.4 de la Ley 7/2002, LOUA, que son aplicables tanto a los Proyectos de Actuación como a los Planes Especiales y los planos que lo completan.

Así mismo, el promotor asume los deberes establecidos en el art. 52 de la Ley 7/2002, LOUA.

Se aporta documento denominado Plan Especial de Infraestructuras, Reformado al Proyecto Antena de Suministro de Gas Natural en MPB a Santa Fe, que incorpora el Estudio de Impacto Ambiental para el Plan de Infraestructuras, para ser sometido al trámite de Evaluación Ambiental según lo estipulado en punto 12.5 del Anexo de la Ley 7/2007, GICA y Modificación por Decreto-Ley 3/2015.

CONTENIDO

Objeto y ámbito.

Se proyecta la instalación de una canalización subterránea de 3.288 m, que parte de la red de gas natural existente en Granada, salida de la E.R.M APA/MP y llega hasta el punto de entrega a Santa Fe en las proximidades de la posición de ENAGAS L-07, de los cuales 2.369 m discurren por el municipio de Granada y 919 m que discurren por el municipio de Santa Fe (45 m en SU).

Los terrenos sobre los que discurre la línea son de titularidad privada y pública, se aporta un listado de propietarios en el que se identifican las parcelas catastrales afectadas y sus titulares.

Según consta en el proyecto, los terrenos para la ubicación de las instalaciones fijas para la ejecución de las obras de ampliación de la red de distribución de gas natural serán sometidos a expropiación y los terrenos ocupados por las canalizaciones obtendrán su disponibilidad mediante servidumbre permanente de paso.

El expediente contiene los informes de compatibilidad urbanística del proyecto emitido por cada Ayuntamiento afectado:

- Escrito de 4 de julio de 2014 de la Delegada de Urbanismo, Obras y Licencias del Ayuntamiento de Granada, e informe del Ingeniero Municipal en el que se presta conformidad a la tramitación del plan general, si bien, se advierte que deberá ser informado en su momento por el ayuntamiento.

- Escrito de 14 de julio de 2014 del Alcalde del Ayuntamiento de Santa Fe y el informe del arquitecto técnico municipal en sentido favorable al trámite del plan especial.

Se entiende que estos informes prestan conformidad al trámite del proyecto en el ámbito de cada municipio afectado.

ADECUACIÓN AL PLANEAMIENTO GENERAL

Normativa vigente

Granada

El planeamiento vigente en el municipio de Granada es el Plan General de Ordenación Urbanística aprobado definitivamente por la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo con fecha 9 de febrero de 2001 y su Adaptación Parcial a la LOUA Aprobada Definitivamente por el Pleno Municipal con fecha 27 de febrero de 2009.

En la clasificación del suelo prevista la instalación se ubica en Suelo No Urbanizable de Especial Protección, Protección Agrícola Arbórea. Estas instalaciones no están previstas en la regulación de usos de esta categoría, en cualquier caso no está prohibido.

La instalación de infraestructuras además está regulado en el art. 3.17, según el cual se permiten este tipo de instalaciones en SNU.

Dado que parte de la actuación se localiza junto a la red hídrica y se cruza el río, queda regulado también por lo relativo a protección de cauces, riberas y márgenes, regulado en el art. 3.2.2, que hace referencia a la normativa sectorial en esta materia.

Santa Fe

El planeamiento urbanístico vigente es el documento de Revisión de Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo con fecha 27 de abril de 1998 y su Adaptación Parcial a la LOUA, aprobada definitivamente por el Pleno Municipal con fecha 3 de diciembre de 2012.

En la clasificación del suelo prevista la instalación discurre por Suelo No Urbanizable de Protección Especial Vega, regulado en el art. 34.2 que remite al Plan Especial de Medio Físico, N.44 y 41, en cuyas determinaciones se consideran compatibles la implantación de infraestructuras energéticas.

Ambos municipios forman parte del ámbito del Plan de Ordenación del Territorio de La Aglomeración Urbana de Granada aprobado por Decreto 244/1999, de 27 de diciembre, y su Modificación aprobada definitivamente por Resolución de la Consejera de Obras Públicas de 16 de diciembre de 2004. La zona por la que discurre la canalización se ubica en el ámbito interior de la aglomeración, en suelo afectando al Sistema de Espacios Libres, Zona 3, de excepcional valor productivo, regulado en el art. 2.102, y fundamentalmente, en Suelo de Excepcional Valor Productivo, regulado en el art. 3.35. En ambas categorías de protección se considera uso autorizable el tendido de infraestructuras subterráneas. Por tanto, la canalización de gas es un uso autorizable.

Incluso, la red de gas natural se encuentra prevista en el Anexo 7 del mencionado Plan.

El art. 52 de la Ley 7/2002, establece la necesidad de constituir una garantía para la restitución de los terrenos por un porcentaje del 10% de la inversión y el pago de la prestación compensatoria de hasta el 10% de la inversión, excluida maquinaria y equipos.

En el análisis de la viabilidad económico financiera consta que la inversión necesaria será de 216.565,19 euros, se establece que el plazo de la cualificación urbanística de los terrenos será de 50 años a partir del inicio de la actividad.

El presupuesto correspondiente a la obra civil en Granada es de 41.582,56 euros y en Santa Fe 11.765,53 euros, todo ello referido a la obra civil. No obstante, cabe recordar que la garantía se efectúa sobre la totalidad de la inversión y la prestación compensatoria sobre la inversión menos maquinaria y equipos.

En escrito remitido por la promotora a esta Delegación Territorial con fecha 31 de julio de 2015, ésta se compromete a cumplir los deberes y obligaciones derivados del régimen del Suelo No Urbanizable, entre los que se encuentran la constitución de garantía y la prestación compensatoria, estos compromisos se gestionarán en cada municipio.

Se recuerda que antes de la concesión de licencia municipal se deberán revisar las cantidades del presupuesto asignadas en este documento para efectuar el calculo de la constitución de garantía y la prestación compensatoria, según lo estipulado en el art. 52.4 y 5 LOUA.

INFORMES SECTORIALES.

Carreteras (Ministerio de Fomento):

- Informe de 12 de diciembre de 2014 sobre no afección en la ejecución del tramo de Autovía 43-GR-3720.

Carreteras (COPT):

- Resolución de 3 de septiembre de 2009 sobre autorización de obras en zonas de protección de las carreteras, por su afección a la A-92-G, pk:5,350, margen izquierdo.

-Informe de 11/05/2015 sobre la vigencia de la autorización donde se indica que las obras autorizadas ya están terminadas.

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir:

- Resolución de 21 de febrero de 2007 sobre Autorización para la conducción de suministro de gas natural al municipio de Santa Fe en el río Genil.

Declaración Ambiental Estratégica:

- Viable condicionada Resolución de 12/05/2015.

- La actividad cuenta con Declaración de Impacto Ambiental Favorable de 27/03/2009.

Autorización administrativa:

- Resolución de 26 de abril de 2012 de la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia por la que se autoriza administrativamente, se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones y se reconoce en concreto, la utilidad pública.

Informe propuesta.

Aprobación defintiva: Art. 33.2.a)

Vistos los informes emitidos por los servicios técnicos de la Delegación Territorial de Agricultura Pesca y Medio Ambiente y los de legislaciones sectoriales de aplicación, todo ello conforme a las facultades atribuidas por el artículo 12.1.h) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, y demás disposiciones de aplicación, en relación con los artículos 31.2.B) y 32.4 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada

ACUERDA

Primero. La Aprobación definitiva según dispone el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, del Plan Especial de Infraestructuras para Implantación de Actuación de Interés Publico de interconexión de la red de Gas Natural Granada-Santa Fe con Referencia: Expediente 9119 promovido por Gas Natural Andalucía S.A.

Contra la presente Resolución según el artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero (BOJA núm. 35, de fecha 20.2.2014) y por su naturaleza de disposición administrativa de carácter general cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que corresponda según la competencia territorial prevista en el artículo 14 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio, ello sin perjuicio del ejercicio de cualquier otro recurso que estime procedente.

Granada, 7 de julio de 2017.- La Delegada, María Inmaculada Oria López.

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