Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 27/10/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 31 de julio de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Jerez de la Frontera, dimanante de autos núm. 1134/2014. (PP. 2894/2017).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00122264.

NIG: 1102042C20140005017.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1134/2014. Negociado: MM.

De: Kutxabank Aseguradora, S.A.U.

Procuradora: Sra. Carmen Castellano Ferrer.

Contra: María Elena Ordóñez Ramírez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1134/2014, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Cinco), a instancia de Kutxabank Aseguradora, S.A.U., contra María Elena Ordóñez Ramírez, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 31/17

En Jerez de la Frontera, a veintiuno de febrero de 2017.

Vistos por la Sra. doña Teresa Herrero Rabadán, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de este partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrados con el número 1134/14 de los asuntos civiles de este Juzgado, en el que ha sido parte demandante Kutxabank Aseguradora, S.A.U., representada por el Procurador Sr. Carballo, asistida por la Letrada Sra. Mateo, demandada doña M.ª Elena Ordóñez Ramírez, en rebeldía procesal, teniendo como objeto reclamación de cantidad, se procede a dictar la presente Resolución.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Carballo, en nombre y representación de Kutxabank Aseguradora, S.A.U., contra la demandada doña M.ª Elena Ordóñez Ramírez, a la que debo condenar y condeno al pago a la actora de la suma de ocho mil cuatrocientos diecisiete euros con cuarenta y nueve céntimos (8.417,49 euros), más intereses legales desde la demanda y con imposición a la demandada de las costas causadas en la instancia.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, en el plazo de veinte días desde su notificación, art. 458 LEC.

Así por esta mi Sentencia –de la que se llevará testimonio a los autos de su razón–, la pronuncio, mando, y firmo.

Publicación. Leída y publicada que fue la anterior Sentencia por la Sra. Magistrado Juez que la suscribe, encontrándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, María Elena Ordóñez Ramírez, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a treinta y uno de julio de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

Descargar PDF