Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 07/03/2017

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 2 de marzo de 2017, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, dimanante de Procedimiento Ordinario número 394/2011.

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«Que, con estimación del primer motivo de casación y desestimación del resto, debemos declarar y declaramos que ha lugar al recurso interpuesto por el Procurador don José Ramón Couto Aguilar, en nombre y representación de la entidad mercantil Netobril, S.A., de don Luis Marineto Abril y de don Manuel Molina Soler, contra la sentencia pronunciada, con fecha 29 de mayo de 2015, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, en el recurso contencioso-administrativo número 394, de 2011, la que, por consiguiente, anulamos, al mismo tiempo que, con estimación del recurso contencioso-administrativo sostenido por la representación procesal de la entidad mercantil Netrobil, S.A., de don Luis Marineto Abril y de don Manuel Molina Soler contra la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía, de fecha 21 de enero de 2011, por la que se aprobó definitivamente la revisión-adaptación del Plan General de Ordenación Urbanística de Málaga, debemos declarar y declaramos que esta disposición general es contraria a derecho y, por tanto, radicalmente nula en cuanto clasificó el suelo, propiedad de los indicados recurrentes, con una superficie de 17.629 metros cuadrados, situado en la calle Platero Francisco Vázquez, núm. 2, y Avenida de Europa de la ciudad de Málaga, como suelo urbano no consolidado, al tener dicho suelo urbano la categoría de consolidado, estimando así la pretensión al efecto formulada por los demandantes en la instancia, y con desestimación del resto de las pretensiones sostenidas por los recurrentes en la misma demanda, sin hacer expresa condena al pago de las costas procesales causadas en dicha instancia y en este recurso de casación.

Así por esta nuestra sentencia, cuya parte dispositiva y determinaciones declaradas nulas se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, debiéndose hacer saber a las partes, al notificársela, que contra ella no cabe recurso ordinario alguno.»

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.

Málaga, dos de marzo de dos mil diecisiete.- El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Marín Palma.

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