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NIG: 2906742C20160003758.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 105/2016. Negociado: A.
Sobre: Divorcio contencioso.
De: Dulce Nombre de María Reinoso Cervilla.
Procuradora: Sra. Elba Leonor Osorio Quesada.
Letrada: Sra. M.ª Victoria Enciso García-Oliveros.
Contra: Musah Ali Kasim.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 105/2016 seguido en el Juzg. de Primera Instancia núm. Seis de Málaga a instancia de Dulce Nombre de María Reinoso Cervilla contra Musah Ali Kasim sobre divorcio contencioso, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
1. Divorcio contencioso.
2. Autos núm. 105/16.
SENTENCIA 71/17
En Málaga, a nueve de febrero de dos mil diecisiete.
Vistos por la Ilma. Sra. doña Gloria Muñoz Rosell, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis (de familia) los autos de Divorcio Contencioso núm. 105/16 promovidos por la Procuradora doña Elba Leonor Osorio Quesada, en nombre y representación de doña Dulce Nombre de María Reinoso Cervilla, asistida por el Letrado doña María Victoria de Enciso García-Olivares, contra don Musah Ali Kasim, con los siguientes
FALLO
Debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio entre don Musah Ali Kasim y doña Dulcenombre Reinoso Cervilla, con los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento, incluida la disolución del régimen económico matrimonial.
No es procedente hacer especial pronunciamiento sobre costas.
Comuníquese esta sentencia al Registro Civil correspondiente para su anotación, una vez firme.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación, previa la consignación exigida por la legislación vigente.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez que la dictó, estando celebrando Audiencia Pública el día de su fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Musah Ali Kasim, extiendo y firmo la presente en Málaga, a cuatro de abril de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)»
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