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Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 600/2015. Negociado: 3I.
NIG: 4109144S20150006449.
De: Fremap Mutua de Accidentes de Trabajo EPSS.
Abogado: Marta Guadalupe Párraga Muñiz.
Contra: SAS y Francisco Asís Medina Romera.
EDICTO
Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social numero Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 600/2015 a instancia de la parte actora Fremap Mutua de Accisdentes de Trabajo EPSS contra SAS y Francisco Asis Medina Romera sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado Sentencia de fecha 27.4.2017 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por Fremap contra la demandada, Servicio Andaluz de Salud, en reclamación por reintegro de gastos sanitarios, debo condenar y condeno al Servicio Andaluz de Salud al abono a F de la suma de 16,66 euros, absolviendo libremente de los pedimentos de la demanda a Francisco de Asís Medina Romera
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Francisco Asís Medina Romera actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veintisiete de abril de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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