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NIG: 0490242C20120004269.
Núm. Procedimiento: Recurso de apelación civil 327/2016.
Asunto: 100365/2016.
Autos de: Procedimiento Ordinario 900/2012.
Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. dos de El Ejido.
Negociado: C4.
Apelante: Encarnación Valdivia López y Juan José Villegas Callejón.
Procurador: María del Carmen Gallego Echeverría.
Abogado: Alcoba Salmerón Manuel.
EDICTO
En RAC 327/16 de la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Almería, dimanante de Procedimiento Ordinario 900/12 del Juzgado Mixto núm. dos de El Ejido (Almería), se ha dictado sentencia en la que figura como parte apelante Encarnación Valdivia López y Juan José Villegas Callejón, y como demandado en situación de rebeldía procesal, Alonso Vellido, S.L., dictándose el presente para su notificación en legal forma. Dicha sentencia está a su disposición en la secretaría de esta sección, contra la que cabe interponer recurso de casación y/o extraordinario por infracción procesal, en el plazo de veinte días, desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en forma extiendo y firmo el presente, en Almería, a 13 de noviembre de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratado exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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