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En virtud de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se hace público la notificación de la siguiente relación de laudos dictados por el procedimiento de arbitraje en materia de transportes por esta Junta Arbitral, cuyos interesados y resoluciones son:
OLEOVE GOURMET, S.L. y OMI EUROPA, S.L. EXP: 8/2017, LAUDO J-8/2018.
Resolución: Omi Europa, S.L: abonará a Oleove Gourmet, S.L., la cantidad de 100,42 €.
MARIA JESÚS LAMARCA GARCÍA y OMI EUROPA, S.L. EXP: 9/2017, LAUDO J-9/2018.
Resolución: Omi Europa, S.L. abonará a María Jesús Lamarca García la cantidad de 71,60 €.
RED TRANSJAÉN, S.L. y FORMWEAR, S.L.U., EXP.: 29/2017, LAUDO J-29/2018.
Resolución: Formwear, S.L.U. abonará a Red Transjaén, S.L. la cantidad de 2.349,39 €, más los intereses devengados de conformidad con lo estipulado en el artículo 3.11 de la Orden FOM/1882/2012, 1 de agosto, art. 41 Ley 15/2009, de 11 de noviembre y la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
RED TRANSJAÉN, S.L. y BROSSHOES, S.L. EXP.: 38/2017, LAUDO J-38/2018.
Resolución: Brosshoes, S.L. abonará a Red Transjaén, S.L. la cantidad de 600 €, más los intereses devengados de conformidad con lo estipulado en el artículo 3.11 de la Orden FOM/1882/2012, 1 de agosto, art. 41 Ley 15/2009, de 11 de noviembre y la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
PASCUAL DIEZ TRANSPORTES, S.L. y CISTERNAS MARIA, S.L. EXP.: 1/2018, LAUDO J-1/2018
Resolución: Acuerdo de archivo de las actuaciones por incompetencia territorial en la reclamación, sin perjuicio de que la reclamación pueda plantearse ante la junta arbitral competente territorialmente.
DAVID REYES HEREDIA y CORREOS EXPRESS EXP.: 16/2017, LAUDO J-16/2018
Resolución: Desestimar la reclamación interpuesta por David Reyes Heredia contra Correos Express Paquetería Urgente, S.A.
INTERMEDIACIÓN PARA EL TRANSPORTE Y SERVICIOS AUXILIARES, S.L. y STAND UP ARQUITECTURA EFIMERA, S.L. EXP.: 17/2017, LAUDO J-17/2018
Resolución: Stand Up Arquitectura Efimera, S.L. abonará a Intermediación para el Transporte y Servicios Auxiliares, S.L. la cantidad de 2.281,71 €.
OPERADOR DEL TRANSPORTES BESANA, S.L. y ALTAFIT INSTACIONES, S.L. EXP.: 27/2017 LAUDO: 27/2018
Resolución: Altafit Instalaciones, S.L. abonará a Operador del Transportes Besana, S.L. la cantidad de 895,40 €, más los intereses devengados de conformidad con lo estipulado en el artículo 3.11 de la Orden FOM/1882/2012, 1 de agosto, art. 41 Ley 15/2009, de 11 de noviembre y la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
ALBITRANS, S.L. y WINDEM LOGISTIC ESPAÑA, S.L. EXP.: 28/2017, LAUDO: J-28/2018
Resolución: Windem Logistic España, S.L. abonará a Albitrans, S.L. la cantidad de 2.033,701 €,
EVA LUNA GARRIDO y PACKLINK.ES -OMI EUROPA, S.L. EXP.: 30/2017 LAUDO: J-30/2018
Resolución: Omi Europa, S.L. abonará a Eva Luna Garrido la cantidad de 132,19€
B. MUÑOZ BUENO TRANSPORTES, S.L. y VELASCO OPERADOR DE TRANSPORTES, S.A. EXP.: 32/2017, LAUDO J-32/2018
Resolución: Velasco Operador de Transportes, S.A. abonará a B. Muñoz Bueno Transportes, S.L. la cantidad de 638,88 €, más los intereses devengados de conformidad con lo estipulado en el artículo 3.11 de la Orden FOM/1882/2012, 1 de agosto, art. 41 Ley 15/2009, de 11 de noviembre y la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
JUAN CASADO EXPÓSITO y GLOBAL CAT TRANSMEDITERRANEA, S.L. EXP.: 36/2017, LAUDO J-36/2018
Resolución: Global Cat Transmediterranea, S.L. abonará a Juan Casado Expósito la cantidad de 294,48 €, más los intereses devengados de conformidad con lo estipulado en el artículo 3.11 de la Orden FOM/1882/2012, 1 de agosto, art. 41 Ley 15/2009, de 11 de noviembre y la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
SEUR GEOPOST, S.L.U. y ALMACENES LOPEZOSA, S.L. EXP.: 42/2017, LAUDO J-42/2018
Resolución: Almacenes Lopezosa, S.L. abonará a Seur Geopost, S.L.U. la cantidad de 1.660,77 €, más los intereses devengados de conformidad con lo estipulado en el artículo 3.11 de la Orden FOM/1882/2012, 1 de agosto, art. 41 Ley 15/2009, de 11 de noviembre y la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
La documentación de los expedientes indicados anteriormente, se encuentran a disposición de los interesados para el conocimiento de su contenido en esta Junta Arbitral.
Estos laudos arbitrales tienen los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabiendo contra los mismos demanda de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, modificada por la Ley 11/2011, de 20 de mayo, y contra el laudo firme el recurso de revisión conforme a lo establecido en la Ley 1/200, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para las sentencias firmes.
Jaén, 22 de mayo de 2018.- El Delegado, José Manuel Higueras Lorite.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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