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NIG: 1102042C20140000939.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 218/2014. Negociado: MA.
De: Huerta de Albala, S.L.
Procurador: Sr. Rafael Marín Benítez.
Contra: Don José Luis Ortega Alcancel.
E D I C T O
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 218/2014 seguido a instancia de Huerta de Albala, S.L., frente a don José Luis Ortega Alcancel se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
«SENTENCIA NÚM. 212/2014
En Jerez de la Frontera, a veintiséis de noviembre de dos mil catorce.
La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado con el núm. 218/2014 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Huerta de Albala, S.L., con Procurador don Rafael Marín Benítez. y Letrado don Jorge de la Cueva Terrer, y de otra como demandado don José Luis Ortega Alcancel, rebelde,
FALLO
Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por Huerta de Albala. S.L., contra don José Luis Ortega Alcancel, rebelde, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de tres mil novecientos quince con siete euros (3.915,07), más el interés legal devengado desde la fecha de la interpelación judicial, y con expresa imposición al mismo de las costas causadas en esta instancia.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.»
Y encontrándose dicho demandado, don José Luis Ortega Alcancel, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Jerez de la Frontera, a veintiséis de febrero de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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