Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 04/06/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 11 de mayo de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 303/2016.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 303/2016. Negociado: 3I.

NIG: 4109144S20160003191.

De: D./Dª. Yanina Azenshehykova.

Contra: Herederos de don Herminio González Rodríguez, Jesús Álvaro González Villegas, Pilar Rodríguez Martínez, Manuel Rodríguez Martínez y Aquilino González Rodríguez.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 303/2016, a instancia de la parte actora D./Dª. Yanina Azenshehykova contra herederos de don Herminio González Rodríguez, Jesús Álvaro González Villegas, Pilar Rodríguez Martínez, Manuel Rodríguez Martínez y Aquilino González Rodríguez sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 18.3.16 del tenor literal siguiente:

DECRETO

La Letrada de la Administración de Justicia doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a 18 de marzo de 2016.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Doña Yanina Azenshehykova presentó demanda de Reclamación de Cantidad frente a herederos de don Herminio González Rodríguez.

Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el núm. 303/16.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LRJS procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

- Admitir la demanda presentada.

- Se señala el próximo día 18 de diciembre de 2018 a las 10:40 horas para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas núm. 10 de este Juzgado, sito en Avda. de la Buhaira, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga, de Sevilla,

- Citar para conciliación a celebrar en la sede del Juzgado, sito en la 5.ª planta de este mismo edificio a las 10:10 horas, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante el Secretario Judicial, conforme lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011 de RJS.

- El Secretario Judicial no estará presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la LRJS.

- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

Respecto a la prueba solicitada dese cuenta a S. S.ª para que resuelva lo procedente.

Dar cuenta a S. S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.

- Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrado/graduado social.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La Letrada de la Administración de Justicia

Diligencia. En Sevilla a dieciséis de mayo de dos mil dieciséis.

La extiendo yo, la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que la anterior resolución ha sido transcrita en la actual fecha, debido al volumen y la carga de trabajo existente en este Juzgado, encontrándose dicha demanda minutada y sin incoar desde el 18.3.2016, y dado que el Magistrado que se encontraba sustituyendo a la Magistrada titular también se encuentra dado de baja, se hace constar que en el día de la fecha paso a dar cuenta a SS.ª del señalamiento efectuado en la anterior resolución y medios de prueba solicitado por la parte en el otrosí digo de la demanda. Doy fe.

Providencia del Magistrado Accidental don Enrique Emilio Martínez Fernández

En Sevilla, a dieciséis de mayo de dos mil dieciséis.

Vista la anterior diligencia, se tiene por propuestos los medios de prueba articulados por la parte actora en su demanda y, para su práctica, se acuerda:

A) Cítese de confesión judicial al representante legal de los herederos demandados, sirviendo la notificación de esta resolución de citación en forma a tales fines, bajo apercibimiento de poder ser tenido por confeso en caso de incomparecencia.

Asimismo, al amparo del art. 309 LEC, en caso de que el representante legal no hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el juicio, se apercibe a la parte demandada que habrá de alegar tal circunstancia previa al juicio, facilitando la identidad que intervino en nombre de la entidad demandada, a fin de practicar la practica de la prueba, con los apercibimientos arriba indicados, sirviendo la notificación de esta resolución de requerimiento en forma.

B) Cítese a los testigos propuestos por la actora a fin de que comparezcan al acto de juicio señalado para el día 18 de diciembre de 2018 a las 10:40 horas, con los apercibimientos legales oportunos.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo mandó y firma S.S.ª, doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Jesús Álvaro Gonzáalez Villegas actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a once de mayo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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