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Intentada la notificación de Acuerdo de Inicio de expediente de reintegro, de 10 de octubre de 2017, recaída en el expediente que se indica, sin que se haya podido practicar, por medio de la presente y de conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la notificación de dicho Acuerdo de Inicio de expediente de reintegro, comunicándoles que para conocer el texto íntegro podrán comparecer, en horas de 9 a 14, cualquier día hábil de lunes a viernes en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación, en la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, Servicio de Coordinación y Fomento, sito en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, de Sevilla.
Beneficiario: Darabenaz, S.L.
Expediente: ITPEXP TU1801 2008/10.
Objeto subvención: Creación Hotel Rural Cortijo.
Acto: Acuerdo de Inicio de expediente de reintegro.
Resumen del contenido: Acuerdo de Inicio de expediente de reintegro de la subvención que, por importe de 360.106,62 euros, fue concedida a Darabenaz, S.L., por incumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario con motivo de la concesión de la subvención: artículos 22.1.a, 22.2 y 24.f de la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, Modalidad 2 (ITP).
Sevilla, 10 de enero de 2018.- La Directora General, María del Carmen Arjona Pabón.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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