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BDNS (Identificación): 401892
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Se convocan, en el ámbito de la Consejería de Cultura (Agencia Andaluza de Instituciones Culturales) para el ejercicio 2018, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a la producción de largometrajes en Andalucía, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de las líneas que se indican y con cargo a los créditos presupuestarios que para cada una de las líneas se detallan.
Partida Presupuestaria: 18.00.01.0000.G.45E.440.54.00.01.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN | 2018 | 2019 | 2020 | Dotación total por línea |
Subvenciones a la producción de largometrajes de ficción dirigidos por profesionales que se inician en el campo de la realización y de autoría andaluza que promuevan el talento creativo y con clara vocación de comercialización. | 140.000,00 € | 385.000,00 € | 175.000,00 € | 700.000,00 € |
Subvenciones a la producción de largometrajes cinematográficos y televisivos de ficción y/o animación que promuevan el tejido industrial del sector audiovisual andaluz. | 220.000,00 € | 605.000,00 € | 275.000,00 € | 1.100.000,00 € |
TOTAL POR ANUALIDADES | 360.000,00 € | 990.000,00 € | 450.000,00 € | 1.800.000,00 € |
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios:
Línea 1: Personas jurídicas productoras que sean de carácter independiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
En esta línea y a efectos de poder solicitar ayuda para la producción de largometrajes de ficción dirigidos por profesionales que se inician en el campo de la realización, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 4.i) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, se entiende por profesionales que se inicia en el campo de la realización, aquel que no haya dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica.
Línea 2: Personas jurídicas productoras que sean de carácter independiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Tercero. Objeto.
La finalidad de las ayudas es la producción de largometrajes en Andalucía, en los siguientes ámbitos:
Línea 1: La producción de largometrajes de ficción dirigidos por profesionales que se inician en el campo de la realización y de autoría andaluza que promuevan el talento creativo y con clara vocación de comercialización.
Línea 2: La producción de largometrajes cinematográficos y televisivos de ficción y/o animación que promuevan el tejido industrial del sector audiovisual andaluz.
Cuarto. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 1 de agosto de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de largometrajes en Andalucía. (BOJA núm. 151, de 8 de agosto).
Quinto. Importe.
La dotación de cada una de las líneas es la que figura en el cuadro del apartado primero de este extracto. El importe máximo de la subvención por persona o entidad beneficiaria será de 250.000 € para la Línea 1 y 300.000 € para la Línea 2.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios de solicitudes y demás datos necesarios, para las distintas líneas convocadas, figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener en la página web http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
Sevilla, 30 de mayo de 2018.- La Directora de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, María Cristina Saucedo Baro.
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