Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 11/06/2018

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Empresas Públicas y Asimiladas

Resolución de 23 de mayo de 2018, del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, por la que se publican las bases de la convocatoria para la provisión de un puesto laboral fijo de Auxiliar Administrativo Grupo IV. (PP. 1652/2018).

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Con fecha 8 de enero de 2018 ha quedado vacante en esta Entidad un puesto de trabajo de personal laboral fijo e indefinido de Auxiliar Administrativo, categoría laboral Grupo IV.

El artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico establece que «El personal al servicio de los consorcios podrá ser funcionario o laboral y habrá de proceder exclusivamente de las Administraciones participantes. Su régimen jurídico será el de la Administración Pública de adscripción y sus retribuciones en ningún caso podrán superar las establecidas para puestos de trabajo equivalentes en aquella.

En este mismo sentido se pronuncia la Instrucción 2/2016, de 13 de septiembre, de la Dirección General de Planificación y Evaluación y de la Dirección General de Presupuestos que en su instrucción octava establece para las contrataciones de personal laboral en Consorcios del Sector Público Andaluz que “De conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cuando no fuera posible la cobertura de los puestos de trabajo de los consorcios del sector público andaluz con personal laboral o funcionario de las Administraciones participantes, estas entidades podrán acudir, excepcionalmente, a los procedimientos de contratación establecidos en la presente instrucción».

Con fecha 10 de abril de 2018, la Dirección General de Planificación y Evaluación de la Consejería de Hacienda y Administración Pública ha autorizado el inicio del proceso para la cobertura, con carácter indefinido, del puesto de la misma categoría laboral y nivel que el que ha quedado vacante en esta Entidad con fecha 8 de enero de 2018.

El Comité Ejecutivo del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga aprobó en sesión ordinaria de 7 mayo de 2018 las bases por las que se rige la convocatoria de un puesto laboral fijo de carácter indefinido, y en régimen de contratación laboral, con la categoría de Auxiliar Administrativo Grupo IV, que se detalla en el Anexo I, con destino al Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga (CTMAM), con sede en Málaga.

En la misma sesión se aprobó autorizar a ala Directora-Gerente a realizar todas las actuaciones necesarias así como a dictar cuantas resoluciones requiera la convocatoria, para poder llevar a cabo el procedimiento de provisión de dicho puesto de trabajo.

En atención a los antecedentes expuestos, la Gerencia del CTMAM, en virtud de la delegación otorgada por el Comité Ejecutivo de esta Entidad en sesión celebrada el 7 de mayo de 2018, anuncia la convocatoria de un puesto con arreglo a las siguientes:

BASES

Primera. Convocatoria.

Se convoca un puesto laboral fijo de carácter indefinido, y en régimen de contratación laboral, con la categoría de Auxiliar Administrativo Grupo IV, que se detalla en el Anexo I, con destino al Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga (CTMAM), con sede en Málaga.

Segunda. Participantes y requisitos para la participación.

Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario o laboral con una relación preexistente de carácter fija e indefinida en las Administraciones que forman parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga así como del Sector Público Andaluz (personal contemplado en las letras a), b) y c) del artículo 12.1 de la Ley 5/2017 de 5 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018), que se encuentre en servicio activo, siempre que reúna, alegue y acredite, en su caso, los requisitos mínimos exigidos en el Anexo I que acompaña estas bases, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Las Administraciones que forman parte del CTMAM son: la Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Málaga y los Ayuntamientos de Málaga, Benalmádena, Mijas, Torremolinos, Rincón de la Victoria, Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande, Cártama, Pizarra, Almogía, Colmenar, Casabermeja y Totalán.

A tales efectos, se entenderán alegados y acreditados los requisitos exigidos en el Anexo I que consten inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía o de los Registros de personal de cualquiera de las entidades que forman parte del Sector Público Andaluz y de las Administraciones que forman parte del CTMAM, para lo cual deberá aportar la hoja de acreditación de datos. En los demás supuestos, dichos requisitos se alegarán y acreditarán, en su caso, mediante la documentación aportada junto con el Anexo III.

Con carácter general, para poder participar se deberá contar con dos años de servicio activo como personal funcionario o laboral de cualesquiera de las Administraciones socias del CTMAM y/o en el Sector Público Andaluz, con independencia de que los servicios hayan sido prestados en uno o más Cuerpos o Grupos, y encontrarse en situación de servicio activo durante todo el proceso de la convocatoria.

Los requisitos de participación exigidos deberán mantenerse a lo largo del proceso de la convocatoria del puesto ofertado y hasta el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado.

Tercera. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.

1. Las solicitudes deberán dirigirse a la Gerencia del CTMAM y serán presentadas en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Registro General del CTMAM, con sede sita en Alameda Principal, núm. 11, segunda planta, 29001, Málaga, ello sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

2. La solicitud se ajustará al modelo recogido en el Anexo II, en el que figurarán los datos personales, incluido un teléfono y/o correo electrónico de contacto. Junto a la solicitud, habrá que aportar fotocopia del DNI, hoja de acreditación de datos expedida por la Administración de la que proceda, curriculum vitae en el que se hará constar el número de registro de personal, Cuerpo o Grupo de pertenencia, grado personal consolidado en su caso, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicite.

3. Los méritos alegados podrán ser justificados con la hoja de acreditación de datos y/o mediante la presentación de fotocopias debidamente compulsadas.

4. Los aspirantes deberán, asimismo, presentar la baremación de sus méritos conforme al baremo contenido en la base séptima, cumplimentando al efecto el Anexo III que acompaña a estas bases. Esta autobaremación vinculará a la Comisión de Selección en el sentido de que el mismo sólo podrá valorar los méritos que hayan sido autobaremados por los aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la asignada por los mismos en cada uno de los apartados del baremo de méritos.

5. Los méritos a valorar por la Comisión de Selección, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados y autobaremados por los aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes y acreditados documentalmente, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los aspirantes.

6. No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en el Anexo I para ocupar el puesto a que se aspira, los cuales en todo caso, deberán cumplir las personas solicitantes.

Cuarta. Funciones del puesto.

Serán las recogidas en la relación de puestos de trabajo del CTMAM aprobada por el Consejo de Administración. Sin carácter exhaustivo, a continuación se detallan, entre otras, las siguientes funciones, siempre bajo la supervisión de la Gerencia o quien ésta determine:

• Preparación de documentos en procesador de textos y hojas de cálculo.

• Introducción y grabación de datos en sistemas informáticos.

• Agenda de las Direcciones del CTMAM, concertar entrevistas y comunicar convocatorias de reuniones.

• Clasificación, copia y archivo de documentos y expedientes.

• Atención al correo, servicios de mensajería, teléfono, fax y correo electrónico.

• Registro de entrada y salida de documentos.

• Realización de gestiones en otras dependencias públicas o privadas.

• Cualquier otra función requerida por el superior inmediato.

Quinta. Comisión de Selección.

1. La Comisión de Selección estará constituida por la titular de la Gerencia del CTMAM, que ostentará la Presidencia, el Secretario-Interventor del Consorcio y un mínimo de tres vocales, designados por resolución de la Gerencia. Dichos vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

2. Para la válida constitución de la Comisión, se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario-Interventor o, en su caso, de quienes le sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros.

3. La Comisión sólo valorará los méritos que hayan sido debidamente alegados y acreditados documentalmente por las personas participantes, sin que puedan valorarse como méritos los requisitos exigidos en la convocatoria.

4. Únicamente serán valorados los méritos que se ostenten a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no computándose los obtenidos con posterioridad. En ningún caso la Comisión podrá otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la señalada.

Sexta. Proceso de selección.

Constará de dos fases, siendo la primera de carácter eliminatorio.

1. Primera fase: Puntuación máxima 8 puntos.

Consistirá en la valoración por la Comisión de Selección, conforme al baremo que se detalla en la base séptima, de los méritos que acrediten los/las aspirantes, referidos al último día del plazo para la presentación de instancias.

La Comisión de Selección podrá contar con asesoramiento externo en la selección de las candidaturas. Se seleccionará un máximo de cinco candidaturas con mejor puntuación, que pasarán a la segunda fase.

2. Segunda fase: Puntuación máxima 2 puntos.

Consistirá en una entrevista personal a la que serán convocadas las personas candidatas seleccionadas.

La persona candidata elegida será la que obtenga la mayor puntuación una vez sumadas las dos fases.

Séptima. Baremo de méritos.

1. Valoración del trabajo desarrollado: Máximo 3,5 puntos.

a) Por cada año de experiencia en puestos de trabajo iguales o similares al convocado en cualquiera de las Administraciones que forman parte del CTMAM o del Sector Público Andaluz, donde se realicen competencias en materia de transporte público de viajeros o infraestructuras de transporte: 0,25 puntos por cada año de experiencia laboral. En caso de ser inferior se calculará la proporción.

b) Por cada año de experiencia en puestos de trabajo iguales o similares al convocado en cualquiera de las Administraciones que forman parte del CTMAM o del Sector Público Andaluz: 0,2 puntos por cada año de experiencia laboral. En caso de ser inferior se calculará la proporción.

2. Formación: Máximo 3,5 puntos.

Se valorarán los cursos impartidos por organismos públicos o privados homologados relacionados directamente con las funciones del puesto a desarrollar:

a) Formación en materias relacionadas con el puesto solicitado: Máximo 2 puntos.

a1) Por cursos de duración entre 20 y menos de 40 horas lectivas: 0,2 puntos por cada uno.

a2) Por cursos de duración entre 40 y menos de 100 horas lectivas: 0,3 puntos por cada uno.

a3) Por cursos de duración de 100 o más horas lectivas: 0,5 puntos por cada uno.

En todos los casos, únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.

En los casos en que se haya superado prueba de aptitud exigida en su convocatoria, la valoración se incrementará en un 25%.

b) Formación en informática (tratamiento de texto, hoja de cálculo, bases de datos, presentaciones): Máximo 1,5 punto.

b1) Por cursos de duración entre 20 y menos de 40 horas lectivas: 0,25 puntos por cada uno.

b2) Por cursos de duración entre 40 y menos de 100 horas lectivas: 0,35 puntos por cada uno.

b3) Por cursos de duración de 100 o más horas lectivas: 0,55 puntos por cada uno.

En todos los casos, únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.

En los casos en que se haya superado prueba de aptitud exigida en su convocatoria, la valoración se incrementará en un 25%.

Los cursos que se aleguen para ser baremados en el apartado 2a) de la formación, no se podrán alegar en el apartado 2b).

3. Valoración de títulos académicos: Máximo 1 punto.

Se valorará la posesión de titulaciones académicas directamente relacionadas con el puesto a que se concursa, distintas o de igual o superior nivel a la exigida para acceder al Grupo al que está adscrito el puesto. Dicha valoración se realizará en la forma siguiente:

a) Por el título de Doctor, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 0,5 puntos por cada uno.

b) Por el título de Diplomado Universitario o equivalente: 0,35 puntos por cada uno.

c) Por el resto de titulaciones: 0,2 puntos por cada uno.

No tendrá la consideración de título académico a efecto de su valoración en este convocatoria el haber superado tres cursos completos de licenciatura.

Solo se valorarán las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica. Asimismo, no se valorarán como méritos los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

4. Entrevista personal: Máximo 2 puntos.

La Comisión de Valoración valorará la adecuación al puesto de los candidatos.

Octava. Lista provisional.

Una vez finalizado el proceso de valoración, se procederá a la publicación de la lista provisional del puesto adjudicado, con indicación de la puntuación obtenida en cada caso, así como de exclusiones, con indicación de la causa. Dicho listado será expuesto en el tablón de anuncios del órgano competente, así como en la web del CTMAM.

En el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación, las personas interesadas podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso y solicitar, si lo desean, vista de su expediente a los efectos de comprobar la valoración efectuada al mismo. Dichas actuaciones se realizarán a través de la web del CTMAM.

Novena. Resolución.

Las alegaciones formuladas contra la vista provisional será resuelta, a propuesta de la Comisión de Valoración, en la resolución por la que se resuelve definitivamente la convocatoria, que será publicada en el BOJA, relacionando la adjudicación.

La Resolución de la presente convocatoria deberá efectuarse en el plazo máximo de 4 meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación del mencionado plazo, de conformidad con la normativa vigente.

Diez. Condiciones del contrato.

A la persona seleccionada se le realizará un contrato laboral fijo con carácter indefinido a tiempo completo, con el periodo de prueba de un máximo de dos meses contemplado en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

El trabajador o trabajadora que acceda a esta contratación quedará en su administración o entidad de origen en la situación que se prevea en las normas reguladoras de sus respectivas relaciones y seguirá percibiendo el complemento de antigüedad en la misma cuantía que se viniera percibiendo en la Consejería o Entidad de procedencia.

Málaga, 23 de mayo de 2018.- La Directora-Gerente, Marina I. García Ponce.

ANEXO I

REQUISITOS PARA LA COBERTURA DEL PUESTO

Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga.

Denominación del puesto: Auxiliar Administrativo.

Número de plazas: 1.

Adscripción: Laboral.

Grupo: IV.

Tipo de contrato: Laboral fijo con carácter indefinido.

Retribuciones brutas anuales: 19.471,11 €.

Horario laboral: 37,5 horas semanales, con una tarde obligatoria a la semana (se determinará por las normas de funcionamiento de la Entidad).

Participantes: Personal funcionario o laboral con una relación preexistente de carácter fija e indefinida en cualquiera de las Administraciones que forman parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga (Junta de Andalucía, Diputación Provincial de Málaga, Ayuntamientos de Málaga, Benalmádena, Mijas, Torremolinos, Rincón de la Victoria, Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande, Cártama, Pizarra, Almogía, Colmenar, Casabermeja y Totalán) así como el personal del Sector Público Andaluz siguiente: a) Instituciones y Administración de la Junta de Andalucía y agencias administrativas; b) Agencias de régimen especial; c) Agencias públicas empresariales, Sociedades mercantiles del Sector Público Andaluz, Consorcios, Fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. En ambos casos, deberá encontrarse en servicio activo y haber prestado servicios como personal laboral o funcionario de carácter indefinido en cualquiera de estas Administraciones, al menos durante dos años.

Titulación: Título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado.

Localidad: Málaga.

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