Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 14/06/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de abril de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Sevilla, dimanante de autos núm. 1697/2016. (PP. 1504/2018).

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NIG: 4109142C20160055236.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1697/2016. Negociado: 4C.

Sobre: Responsabilidad extracontractual (excluido Tráfico).

De: Telefónica de España.

Procurador Sr.: Manuel Rincón Rodríguez.

Contra Don Francisco Hinojosa Ruano.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1697/2016 seguido a instancia de Telefónica de España frente a Francisco Hinojosa Ruano se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 94 /2.018

En Sevilla, a dieciséis de abril de dos mil dieciocho.

Doña M. Pilar Sánchez Castaño, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. Uno de Sevilla, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal, seguidos al número 1.697/2016, a instancia de Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, representada por el Procurador Sr. Rincón Rodríguez y defendida por el Letrado Sr. Pedrero Ortega, contra don Francisco Hinojosa Ruano, declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad; ha dictado la presente resolución a partir de los siguientes:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador Sr. Rincón Rodríguez, en nombre y representación de Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal contra don Francisco Hinojosa Ruano debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de dos mil setecientos veintisiete euros con sesenta y dos céntimos de euro (2.727,62) más los intereses legales desde la fecha de la reclamación judicial y al pago de las costas procesales.

Contra la presente sentencia no cabe recurso.

Llévese el original al Libro de Sentencias de este Juzgado, dejándose previamente testimonio de la misma unido al procedimiento de su razón, a los fines legales oportunos.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Francisco Hinojosa Ruano, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a dieciséis de abril de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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