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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El establecimiento con domicilio en C/ Sauce, núm. 1 (P.I. Los Álamos), en Dos Hermanas, de Sevilla, y titular Comercializadora de Alimentación Perecedera, S.L. y CIF B91864215, consta autorizado para la actividad de almacenamiento frigorífico y en congelación con el asiento 10.024735/SE para dichas actividades en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).
Segundo. Con fecha 23 de mayo de 2018 ha sido constatado por los servicios de inspección mediante Acta de Inspección núm. 1961, que no existe la empresa reseñada en el establecimiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
El artículo 8.1.b), del Decreto 61/2012, de 13 de marzo, sobre autorización sanitaria de empresas y establecimientos alimentarios (BOJA núm. 60, de 27.3.2013), dispone que dicha autorización quedará extinguida cuando se constate el cese definitivo de la actividad por la Administración sanitaria de la Junta de Andalucía, siendo declarada por el mismo órgano que ostenta la competencia para su autorización y procediendo en tal caso su asiento en el RGSEAA y la consecuente cancelación de la correspondiente inscripción, de acuerdo con el artículo 5, del Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre RGSEAA (BOE núm. 57, de 08/03/2011).
Vistos los antecedentes y fundamentos expuestos y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7, del referido Decreto 61/2012, de 13 de marzo, esta Delegación Territorial,
ACUERDA
Poner de manifiesto a los interesados la falta de actividad alimentaria en el establecimiento referido en los antecedentes y conceder un plazo de diez días para que presenten las alegaciones que consideren en defensa de sus intereses, haciendo constar que transcurrido dicho plazo sin que éstas sean presentadas, será declarado el cese definitivo de la actividad implicada y la extinción de su autorización sanitaria y remitida dicha declaración para su asiento en el RGSEAA, con la consecuente cancelación de las correspondientes inscripciones registrales.
Sevilla, 21 de junio de 2018.- La Delegada, M.ª Ángeles Fernández Ferreiro.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, PAC, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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