Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00138475.
Intentadas sin efecto las notificaciones de la resolución y liquidación formuladas en los expedientes sancionadores que se detallan, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e intentadas, sin efecto, las notificaciones personales en los domicilios que constan en dichos expedientes, se publica el presente, para que sirva de notificación de los mismos, pudiendo formular recurso contencioso-administrativo, antes los órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo. Le comunico que el acto que se notifica es firme en la vía administrativa, por tanto el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en los plazos siguientes:
Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que sean notificadas hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde que sean notificadas hasta el día 5 del segundo mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de Málaga o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso normalizado 048.
Con apercibimiento que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda y Administración Pública en vía de apremio.
Interesado: Juan Aguilera Pozo.
NIF: 29470765Z.
Expediente: MA/0430/16.
Sanción: Multa de 4.000 euros.
Acto notificado: Resolución de recurso de alzada 602/2017.
Interesado: José Antonio León Morales.
NIF: 08918343R.
Expediente: MA/0394/17.
Sanción: Multa de 600 euros.
Acto notificado: Resolución de recurso de alzada 469/2018.
Málaga, 22 de junio de 2018.- El Secretario General Provincial, Juan Manuel Jiménez.León.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
Descargar PDF