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Vistos los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º Con fecha 15 de marzo de 2018 se dicta resolución de esta Dirección General (BOJA núm. 118, de 20 de junio) por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación en el ámbito de nuestra Consejería. Concretamente se convoca la plaza Servicio de Ordenación Educativa, código 1141210, de nuestra Delegación Territorial en Huelva.
2.º Dicha convocatoria se ha llevado a efecto por un error material del órgano gestor que ha publicado una convocatoria que ya ha sido resuelta por resolución de esta misma Dirección General de fecha 8 de mayo de 2018 (BOJA núm. 94, de 17 de mayo), adjudicando la plaza a doña María Paz Martos Delgado que ha tomado posesión de la plaza con fecha 15 de mayo de 2018, y considerados los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1.º El artículo 84.2 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, determina: «También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso». En este caso es evidente que no puede concluirse el procedimiento de provisión de libre designación convocado ya que la plaza no estaba vacante en el momento de su publicación y que el procedimiento en cuestión ha sobrevenido no resoluble puesto que ya había sido resuelto con anterioridad, existiendo imposibilidad material de continuarlo.
2.º En virtud de la Orden de 15 de enero de 2014, por la que delegan competencias en distintos órganos de la Consejería,
RESUELVO
Primero. Dar por concluido el procedimiento de provisión de libre designación de la plaza Servicio de Ordenación Educativa de la Delegación Territorial de Educación en Huelva, código 1141210 convocado por Resolución de esta Dirección General de fecha 15 de marzo de 2018 (BOJA de 118, de 20 de junio), y en consecuencia, proceder al archivo del mismo.
Segundo. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante este órgano, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el articulo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de junio de 2018.- La Directora General, Antonia Cascales Guil.
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