Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00137461.
NIG: 4109142C20170007781.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 266/2017. Negociado: 5.
De: Honda Bank GMBH Sucursal en España.
Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Cañas.
Contra: Don Jean Miguel Morín Hernández.
E D I C T O
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 266/2017, seguido a instancia de Honda Bank GMBH Sucursal en España, frente a don Jean Miguel Morín Hernández, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA núm. 113/18
En Sevilla, a veinticinco de abril de dos mil dieciocho.
Vistos por mí, doña María Trinidad Vergara Gómez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos bajo el número 266/17, a instancia de Honda Bank GMBH Sucursal en España, representada por el Procurador Sr. Gordillo Alcalá, y asistida por el Letrado Sr. Mercader Ibáñez, frente a don Jean Miguel Morín Hernández, en situación procesal de rebeldía.
(…/...)
FALLO
Estimando sustancialmente la demanda formulada por don Mauricio Gordillo Alcalá, Procurador de los Tribunales y de Honda Bank GMBH Sucursal en España, frente a don Jean Miguel Morín Hernández, en situación procesal de rebeldía, se le condena a abonar de forma solidaria y conjunta a la actora la suma de 1.538,12 euros, más los intereses conforme a lo razonado en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución y costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, informándoles que no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación.
Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.
Y encontrándose dicho demandado, don Jean Miguel Morín Hernández, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a quince de mayo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Descargar PDF