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Desde el inicio de su actividad el día 25 de enero de 2010, la actuación de la Agencia Tributaria de Andalucía se ha venido produciendo conforme a lo establecido en los dos contratos de gestión aprobados por Consejo de Gobierno. El primer contrato gestión para el período 2010-2012, fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de enero de 2010 y el segundo para el periodo 2014-2017, se aprobó por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de abril de 2014.
Al amparo de la prórroga prevista en el artículo 24.4 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado por Decreto 4/2012, de 17 de enero, la Agencia ha desarrollado su actividad conforme al contrato de gestión para el período 2014-2017, partiendo de la experiencia acumulada en los últimos años, de los objetivos incluidos en el Plan Económico-Financiero de Reequilibrio de la Junta de Andalucía 2012-2014, adoptado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2012 y de las previsiones del Plan de lucha contra el fraude fiscal.
Partiendo de cuanto antecede, el presente contrato de gestión afronta varios retos. En primer lugar, avanzar en la modernización de la Agencia Tributaria de Andalucía, motivada por el nuevo paradigma de Administración Pública establecido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP), y por la normativa andaluza de desarrollo. Este nuevo modelo de Administración, transparente, abierta y accesible al ciudadano, e interoperable, conlleva la necesidad de establecer medidas estratégicas para llevar a cabo estos cambios.
En segundo lugar, la Agencia Tributaria de Andalucía afronta el reto de consolidar las mejoras introducidas durante la vigencia de los dos primeros contratos de gestión, con la necesidad de incrementar el nivel de exigencia y eficiencia con carácter general en la aplicación de los tributos y la atención a la ciudadanía, y específicamente en la lucha contra el fraude fiscal.
Por último, se afronta el reto de afianzar de manera efectiva la organización interna, proporcionando seguridad y certidumbre en varios aspectos esenciales para la Agencia Tributaria de Andalucía, como son sus recursos humanos, que desempeñan sus funciones en un campo tan especializado como es el tributario; y sus recursos materiales y presupuestarios, contribuyéndose así a prestar servicios a la ciudadanía y a luchar contra el fraude fiscal, con altos estándares de calidad.
El presente contrato de gestión contiene, por tanto, los objetivos a perseguir, los programas necesarios para su consecución, y los indicadores que permitan su evaluación. Asimismo se incluye el marco de actuación en materia de gestión de recursos humanos, los criterios y mecanismos para la exigencia de responsabilidad al personal directivo por los resultados de su gestión, así como las previsiones de personal y presupuestarias.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 24.1 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, en la elaboración del contrato de gestión se han tenido en cuenta tanto la previsión de ingresos elaborada por la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública para los ejercicios presupuestarios 2018 a 2021, como los resultados obtenidos en el contrato de gestión y planes de acción anuales anteriores.
El Consejo Rector de la Agencia, en su reunión del día 5 de abril de 2018, acordó elevar la propuesta de este contrato de gestión al Consejero de Economía, Hacienda y Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2 de su Estatuto, para que la eleve al Consejo de Gobierno, a quien corresponde su aprobación de conformidad con el artículo 4.3 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales.
Por todo ello, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Administración, previo informe de la Secretaría General para la Administración Pública y de la Dirección General de Presupuestos, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en su sesión de 3 de julio de 2018, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobar el contrato de gestión de la Agencia Tributaria de Andalucía para el período 2018-2021, cuyo texto se anexa al presente acuerdo.
Segundo. Delegar en la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda la competencia para la introducción de modificaciones o adaptaciones anuales del contrato de gestión, en los términos previstos en el apartado VIII del mismo.
Tercero. El presente acuerdo será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de julio de 2018
SUSANA DÍAZ PACHECO | |
Presidenta de la Junta de Andalucía | |
ANTONIO RAMÍREZ DE ARELLANO LÓPEZ | |
Consejero de Economía, Hacienda y Administración Pública |
ANEXO
Contrato de gestión 2018-2021. Agencia Tributaria de Andalucía.
I. Misión de la Agencia Tributaria de Andalucía.
II. Objeto del contrato de gestión.
III. Objetivos estratégicos.
A. Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal.
B. Posibilitar que la ciudadanía se relacione con la Agencia Tributaria de Andalucía íntegramente por medios electrónicos.
C. Mejora de la gestión de los recursos asignados a la Agencia Tributaria de Andalucía.
IV. Programas.
A. Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal.
A.1. Planificación y control tributario.
A.2. Cooperación para facilitar el cumplimiento de obligaciones y para luchar contra el fraude fiscal.
A.3. Estrategia de gestión recaudatoria.
A.4. Información y asistencia.
B. Posibilitar que la ciudadanía se relacione con la Agencia Tributaria de Andalucía íntegramente por medios electrónicos.
B.1 Implantación de la Administración electrónica.
C. Mejora de la gestión de los recursos asignados a la Agencia Tributaria de Andalucía.
C.1. Impulso a la calidad.
C.2. Atención a la litigiosidad en la aplicación de los tributos.
C.3. Gestión de recursos humanos.
C.4. Incrementar la eficiencia de los recursos asignados a la ATRIAN.
V. Recursos materiales, tecnológicos y presupuestarios.
V.1. Recursos materiales.
V.2. Recursos de Sistemas y Tecnologías de la Información y Comunicación.
V.3. Recursos presupuestarios.
VI. El personal de la Agencia Tributaria de Andalucía. El personal directivo y la exigencia de responsabilidad. La evaluación de resultados.
VI.1. El personal de la Agencia Tributaria de Andalucía.
VI.2. El personal directivo y la exigencia de responsabilidad.
VI.3. Evaluación de los resultados.
VII. Seguimiento de la ejecución y cumplimiento del contrato de gestión.
VIII. Causas y procedimiento para la introducción de modificaciones y adaptaciones.
IX. Vigencia del contrato de gestión.
X. Indicadores del contrato de gestión.
XI. Anexo. Indicadores de cumplimiento de los objetivos estratégicos.
I. Misión de la Agencia Tributaria de Andalucía.
La Agencia Tributaria de Andalucía (en adelante, ATRIAN) es una agencia de régimen especial adscrita a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, que fue creada por la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, y que inició su actividad el 25 de enero de 2010.
La misión de la ATRIAN es ayudar a hacer efectivo el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con los principios consagrados en el artículo 31 de la Constitución Española, luchando contra el fraude fiscal y velando especialmente por la efectiva aplicación de los recursos a su cargo.
La ATRIAN, cuya actuación se rige de acuerdo con los principios de legalidad e igualdad en la aplicación de los tributos, servicio efectivo a la ciudadanía, racionalización, agilidad y simplicidad en los procedimientos administrativos y en las actividades materiales de gestión, busca la mejora continua de la calidad en la prestación de servicios a los contribuyentes y trata de adaptarse de modo permanente a los cambios del entorno económico y social, prestando especial atención a las nuevas necesidades de la ciudadanía. A tal efecto, fomenta la especialización de su personal y el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
Las funciones que tiene encomendada la ATRIAN son las siguientes:
a) La gestión, inspección, liquidación y recaudación de todos los tributos propios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
b) La gestión, inspección, liquidación y recaudación, por delegación del Estado, de los tributos estatales totalmente cedidos a la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
c) La gestión, inspección, liquidación y recaudación de los recargos que puedan establecerse sobre los tributos estatales.
d) El ejercicio de la potestad sancionadora en relación con todos los tributos y recargos cuya aplicación corresponda a la ATRIAN.
e) La recaudación en período ejecutivo de los ingresos de derecho público de naturaleza no tributaria de la Comunidad Autónoma.
f) La revisión en vía administrativa de los actos y actuaciones de aplicación de los tributos, de ejercicio de la potestad sancionadora en materia tributaria y de recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma, salvo las reclamaciones económico-administrativas y la revisión de actos nulos de pleno derecho.
g) Las funciones que se le atribuyan por el Consejo de Gobierno en relación con los demás tributos del Estado recaudados en Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 180.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
h) La colaboración y coordinación con las demás Administraciones tributarias y, en particular, la participación en el consorcio al que se refiere el artículo 181.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sin perjuicio de las atribuciones de la Consejería competente en materia de hacienda.
i) Las que pueda asumir por delegación en relación con la aplicación de los tributos locales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 181.4 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
j) Las que le atribuyan expresamente las leyes de Andalucía y los reglamentos dictados de conformidad con las previsiones específicas de una ley, así como cualquier otra actividad, competencia o función que específicamente se le atribuya en relación con los tributos y demás ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La experiencia resultante del primer contrato de gestión permitió identificar oportunidades de mejora y puso de manifiesto la necesidad de consolidar líneas de trabajo y actuaciones acometidas durante el mismo. De este modo, para la definición de los retos y objetivos estratégicos del segundo contrato de gestión para el período 2014-2017, aprobado por Acuerdo de 1 de abril de 2014, del Consejo de Gobierno, la ATRIAN asumió que la intensificación de actuaciones llevada a cabo en ejecución del Plan de Choque de lucha contra el fraude fiscal tuviera carácter estructural, permitiendo incrementar la recaudación a pesar de tener que actuar en un entorno económico desfavorable. Bajo esta premisa, se identifican dos objetivos estratégicos para el segundo contrato de gestión: «Maximizar la recaudación» y «Avanzar en la consecución de la eficiencia en la aplicación de los recursos a su cargo.»
Para alcanzar el objetivo estratégico de «Maximizar la recaudación», se establecieron objetivos ambiciosos con la finalidad de incrementar la recaudación obtenida, permitiendo además la mejora de la recaudación facilitada a los entes del sector público. Del mismo modo, se identificó como objetivo prioritario reducir el pendiente de cobro e incrementar el nivel de asistencia al contribuyente con el propósito de actuar en el plano de la prevención, como estrategia de lucha contra el fraude fiscal.
Por otra parte, para alcanzar el objetivo estratégico de «Avanzar en la consecución de la eficiencia en la aplicación de los recursos a su cargo», se estableció como prioridad mejorar la relación de costes estimados de la ATRIAN en relación a la recaudación obtenida durante el ejercicio. Para ello, se trazó como objetivo lograr que, al menos, la mitad de los efectivos de la ATRIAN recibieran formación sectorial especializada en materias propias que fueran competencia de la misma, mejorando la eficacia y eficiencia de la actuación administrativa. En esta línea, se antojó esencial avanzar en el incremento del número de reclamaciones que confirmaban la actuación de la ATRIAN. Como elemento de cierre del sistema, la ATRIAN se propuso mejorar el grado más alto de satisfacción alcanzado en el anterior contrato de gestión, esto es, al menos el 80% de contribuyentes satisfechos sobre el total.
En esta línea, en el período 2014-2017 la ATRIAN ha remitido un total de 178.603 cartas de invitación a la asistencia para la confección y presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, lo que ha motivado un incremento progresivo de este servicio a la ciudadanía, alcanzándose en 2017 la cifra de más de 50.000 autoliquidaciones asistidas por empleado público, el 16% de la presentación de carácter presencial, siendo 162.928 las personas asistidas entre 2014 y 2017. Por otra parte, la ATRIAN ha contribuido en este periodo a la estabilidad presupuestaria y al cumplimiento de los objetivos de déficit establecidos por el Estado, facilitando una recaudación neta entre 2014 y 2017 de 8.792 millones de euros.
El balance de los resultados obtenidos en el segundo contrato de gestión pone de manifiesto, en síntesis, y en comparación con los resultados obtenidos durante la vigencia del primer contrato de gestión, que se ha incrementado la recaudación tributaria en más de 1.400 millones de euros y que el coste de su obtención se sitúa por debajo del 4,25%, en el período de tiempo comprendido entre los años 2014 y 2017. Esto último unido a la ampliación de los servicios de información y asistencia y a la mejora del nivel de satisfacción de los contribuyentes por la atención recibida, que no se ha situado en ninguno de los ejercicios del segundo contrato de gestión por debajo del 80% de ciudadanía satisfecha respecto al total de personas encuestadas, permiten concluir que se han sentado las bases de un control tributario eficaz y de una gestión de los recursos públicos eficiente, con un nivel de atención a la ciudadanía notable.
II. Objeto del contrato de gestión.
Este contrato de gestión tiene por objeto regular la actividad de la ATRIAN para el período 2018-2021, identificando los objetivos estratégicos que van a regir su actuación durante este período, los objetivos operativos de cada uno de los años de duración del mismo, los programas y líneas estratégicas de actuación, así como los indicadores que van a medir el grado de consecución de los objetivos propuestos. El contrato fija, por tanto, las prioridades en sus actuaciones y contempla la previsión de los recursos presupuestarios y personales precisos para el mejor cumplimiento de sus fines.
El contrato de gestión concreta, para los años comprendidos en su período de vigencia, los ejes que guiarán su actividad, atendiendo a las circunstancias económicas, sociales y organizativas previstas, a las que, como agencia de régimen especial, deberá adaptarse con flexibilidad y eficacia.
En su elaboración se han tenido en cuenta los derechos pendientes de cobro y la previsión de ingresos elaborada por la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública para los ejercicios 2018 a 2021, por los conceptos cuya gestión le corresponde directa o indirectamente:
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Impuestos Ecológicos:
- Impuesto sobre Emisión de Gases a la Atmósfera.
- Impuesto sobre Vertidos a las Aguas Litorales.
- Impuesto sobre Depósito de Residuos Peligrosos.
- Impuesto sobre las Bolsas de Plástico de un Solo Uso en Andalucía.
- Tasas Fiscales sobre el Juego.
- Canon de Mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma.
- Tasas de la Comunidad Autónoma de Andalucía delegadas en las Consejerías y Agencias Administrativas, que presten los respectivos servicios y actividades.
- Recargos.
- Sanciones tributarias.
- Intereses de demora.
Con efectos desde el 1 de enero de 2013, se creó a nivel estatal el Impuesto sobre los Depósitos en Entidades de Crédito que, hasta la fecha, era un impuesto vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía y cuya gestión correspondía a la Agencia Tributaria de Andalucía. La creación de este impuesto a nivel estatal supuso, en virtud del artículo 6.2 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, que el impuesto no pudiera ser exigido por la Agencia Tributaria de Andalucía, sin perjuicio de las actuaciones de control respecto a los hechos imponibles devengados con anterioridad al 1 de enero de 2013. Por tanto, para el período 2018-2021, la actividad de aplicación de los tributos relacionada con este impuesto tendrá carácter marginal.
III. Objetivos estratégicos.
Sobre la base de cuanto antecede, y teniendo en cuenta las funciones y principios generales de organización y actuación previstos en los artículos 6 y 7 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, la ATRIAN identifica los siguientes objetivos estratégicos:
A. Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal.
B. Posibilitar la relación por medios electrónicos de la ciudadanía con la Agencia Tributaria de Andalucía.
C. Mejora de la gestión de los recursos asignados a la Agencia Tributaria de Andalucía.
Para la consecución de estos objetivos estratégicos, la ATRIAN va a planificar su actividad en los próximos años con arreglo a distintos programas asociados a cada objetivo estratégico. La relación de objetivos y programas es la siguiente:
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS, PROGRAMAS, OBJETIVOS OPERATIVOS | ||
Objetivos estratégicos | Programas | Objetivos operativos |
A. Mejorar las condiciones y resultados de lucha contra el fraude fiscal | A.1. Planificación y control tributario | Alcanzar el 100% del nivel de cumplimiento del plan de control tributario |
Reducir el pendiente de cobro de los tributos gestionados por la ATRIAN | ||
A.2.Cooperación para facilitar el cumplimiento de obligaciones y para luchar contra el fraude fiscal | Incrementar el número de presentaciones realizadas por colaboradores sociales en virtud de convenio respecto al total de presentaciones realizadas por colaboradores sociales | |
A.3. Estrategia de gestión recaudatoria | Incrementar la recaudación neta derivada de actuaciones de gestión recaudatoria en vía ejecutiva por medios propios | |
A.4. Información y asistencia | Incrementar el número de presentación de autoliquidaciones asistidas por la ATRIAN | |
B. Posibilitar que la ciudadanía se relacione con la Agencia Tributaria de Andalucía íntegramente por medios electrónicos | B.1 Implantación de la Administración electrónica | Incrementar el grado de consecución de los objetivos del plan de telematización de la Junta de Andalucía en relación con los procedimientos y servicios de competencia de la ATRIAN |
Incrementar la presentación de documentos por medios telemáticos | ||
C. Mejora de la gestión de los recursos asignados a la Agencia Tributaria de Andalucía | C.1. Impulso a la calidad | Alcanzar el 100% de cumplimiento de los compromisos de calidad de los servicios que se ofrecen a la ciudadanía en la Carta de Servicios de la Agencia Tributaria de Andalucía |
C.2. Atención a la litigiosidad en la aplicación de los tributos | Disminuir el número de recursos estimados respecto al total de actos administrativos dictados por la ATRIAN | |
C.3. Gestión de recursos humanos | Incrementar las horas de formación de las empleadas y los empleados públicos que prestan servicio en la ATRIAN | |
C.4.Incrementar la eficiencia de los recursos asignados a la ATRIAN | Alcanzar una relación de costes estimados de la ATRIAN respecto a la recaudación neta del período igual o inferior al 4% |
Por otra parte, es necesario integrar en la planificación, gestión y evaluación de la ATRIAN la perspectiva de género. A tal efecto, se incluye en cada objetivo estratégico un indicador que permita establecer un diagnóstico de situación que posibilite la adopción de medidas en orden a favorecer y abrir nuevas vías para la consecución efectiva de la igualdad de mujeres y hombres en el diseño, desarrollo, seguimiento y evaluación de la práctica administrativa de la ATRIAN. Con arreglo a lo anterior, se incluyen los siguientes indicadores:
ENFOQUE DE GÉNERO EN LA PLANIFICACIÓN, GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA ATRIAN 2018-2021 | |||
Objetivo estratégico | Objetivos operativos | Indicador de género | Finalidad |
A. Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal | Incrementar el número de presentación de autoliquidaciones asistidas por la ATRIAN | Número de mujeres que han recibido asistencia para presentar autoliquidación respecto al total de contribuyentes que han recibido asistencia | Facilitar estadísticas oficiales a la Consejería competente en materia de hacienda con el propósito de que la unidad de género pueda realizar el análisis, seguimiento y control de los datos desde la dimensión de género |
B. Posibilitar que la ciudadanía se relacione con la Agencia Tributaria de Andalucía íntegramente por medios electrónicos | Incrementar la presentación de documentos por medios telemáticos | Número de mujeres que han presentado documentos de naturaleza tributaria por medios telemáticos respecto al total de contribuyentes que han presentado documentación por medios telemáticos | |
C. Incrementar la eficiencia de los recursos asignados | Incrementar las horas de formación de los empleados públicos que prestan servicio en la ATRIAN | Número de mujeres que reciben formación respecto al total de personas empleadas que reciben formación en la ATRIAN |
IV. Programas.
Los programas recogen la planificación de la ATRIAN con un alcance temporal igual al del contrato de gestión y se concretarán mediante un plan de acción anual y en planes anuales de control tributario.
Se han definido hasta un total de nueve programas de actuación, que se asocian de manera predominante con cada uno de los objetivos estratégicos establecidos, sin perjuicio de la interacción existente entre cada uno de ellos.
El primero de los objetivos estratégicos «A. Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal» enuncia, por una parte, la necesidad de adoptar medidas que permitan mejorar las condiciones en las que se lucha contra el fraude fiscal; por otra parte, la ATRIAN debe tratar de maximizar la recaudación tributaria e incrementar el nivel de actividad de aplicación de los tributos, llevando a cabo actividades de información y asistencia y actuaciones de gestión, inspección y recaudación.
A continuación se exponen las líneas estratégicas de cada uno de los programas asociados al objetivo estratégico de «Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal»:
A.1. Planificación y control tributario.
El fraude fiscal es un fenómeno complejo, ya que la determinación de su origen, causas, tipos y manifestaciones precisa tomar en consideración diversos factores de distinta naturaleza: sociológicos, culturales, éticos, económicos y normativos. Partiendo de la realidad descrita, la lucha contra el fraude fiscal requiere una respuesta de la Administración organizada, permanente, coordinada, planificada y adecuadamente dimensionada. En esta línea, la estrategia de lucha contra el fraude fiscal se diseña desde una triple perspectiva: prevención, control y cooperación.
A través del control tributario se pretende, en síntesis, acercar el momento de la reacción de la Administración tributaria frente a conductas fraudulentas, conductas dirigidas a la ocultación de la realización de hechos imponibles o la minoración de bases imponibles que tengan su origen en la infravaloración de los bienes y, por supuesto, a la aplicación indebida de beneficios fiscales y conductas que supongan una incorrecta aplicación de los elementos cuantitativos del tributo, así como el fraude en fase de recaudación. La estrategia coordinada de control de la ATRIAN implica a todos los órganos y unidades que integran la misma. A tal efecto, se desarrollan actuaciones de control por las unidades de información y asistencia, gestión, inspección, valoración y recaudación. La tipología de controles que lleva a cabo la ATRIAN abarca desde la comprobación y verificación de las operaciones declaradas por las personas contribuyentes, hasta el control de aquellas operaciones que no son objeto de declaración, realizando actuaciones de control de presentación, y la comprobación e investigación intensiva realizada por la inspección.
La ATRIAN llevará a cabo actuaciones de control extensivo, resultando a tal efecto determinante el esfuerzo coordinado en materia de obtención, tratamiento y explotación de la información relevante a efectos fiscales, ya sea propia o suministrada por terceras personas, potenciando la automatización de actuaciones y la utilización de medios objetivos de valoración. Adicionalmente, la ATRIAN continuará con las actuaciones de control intensivo, conforme a las líneas de riesgo fiscal que identifica cada año el Plan de Control Tributario, que toma en consideración aspectos económicos, normativos y jurisprudenciales. El control tributario extensivo e intensivo no se agota con la actuación realizada por las unidades de información, gestión o inspección, ya que también se llevan a cabo controles en fase de recaudación que propician que se realicen actuaciones coordinadas de gestión e inspección con las unidades de recaudación y la posterior derivación de la responsabilidad.
El control tributario para el período 2018-2021 se basará, entre otros, en los siguientes principios y actuaciones:
a) Acercar el momento de la reacción de la Administración Tributaria frente a conductas fraudulentas o conductas dirigidas a la ocultación de la realización de hechos imponibles. Particularmente la ATRIAN va a intensificar las actuaciones de control de presentaciones, de la imposición patrimonial tanto en las adquisiciones lucrativas, como en la tenencia de patrimonio, y prestará especial atención al cumplimiento de los requisitos que permiten a la ciudadanía gozar de los beneficios fiscales previstos por la normativa de los tributos gestionados por la ATRIAN.
b) La realización coordinada y simultánea en el tiempo y en el territorio de campañas de control tributario.
c) Planificar actuaciones conjuntas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante AEAT). En este sentido, la ATRIAN va a seguir colaborando en la realización de actuaciones de control que lleva a cabo la AEAT suministrando información relevante a efectos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en lo sucesivo, IRPF) o el Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, IVA), ya que esta colaboración redunda en una mayor participación en los ingresos que pueda obtener la Comunidad Autónoma de Andalucía por la recaudación que se obtenga por ambas figuras en Andalucía.
d) Introducción de mejoras en el tratamiento y explotación de la información ya disponible con el propósito de llevar a cabo actuaciones de control automatizadas que permitan mejorar el control extensivo de declaraciones.
e) Introducir mejoras en el sistema SUR que permitan facilitar la instrucción y resolución de los procedimientos de aplicación de los tributos, reduciendo el tiempo necesario para la gestión de expedientes.
A.2. Cooperación para facilitar el cumplimiento de obligaciones y para luchar contra el fraude fiscal.
La ATRIAN se ha trazado como objetivo apostar por la colaboración social y mejorar la difusión de servicios y utilidades que la Administración ofrece a la ciudadanía. Concretamente, las principales líneas de cooperación para facilitar el cumplimiento de obligaciones son:
a) Potenciar el modelo de cumplimiento cooperativo de las obligaciones tributarias, mediante la suscripción de convenios de colaboración con profesionales que actúen como representantes de la ciudadanía.
b) Mejorar la difusión de servicios y utilidades que la Administración ofrece a la ciudadanía a través de campañas informativas, dando a conocer las principales novedades fiscales y las utilidades o programas de ayuda al contribuyente.
c) Fomentar la elaboración de códigos de buenas prácticas tributarias, reconociendo los beneficios sociales del cumplimiento de las obligaciones vinculadas con el deber de contribuir.
La cooperación interadministrativa, especialmente con la AEAT, permite cumplir de manera más eficaz y eficiente las funciones encomendadas a la ATRIAN. A tal efecto, la lucha contra el fraude fiscal precisa el fomento del intercambio de información de carácter tributario, el acceso a las bases de datos de ambas administraciones tributarias, así como la elaboración de estrategias y el diseño de actuaciones de control a desarrollar conjuntamente. En la misma línea, resulta necesaria la colaboración para el intercambio de información con trascendencia tributaria con el resto de Comunidades Autónomas y el intercambio de buenas prácticas, trabajando de modo conjunto a través del Consejo Superior y en el Consejo Territorial para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria.
Las principales líneas de cooperación desde la perspectiva de la lucha contra el fraude fiscal son:
a) Desarrollar nuevas actuaciones de control en el marco de las relaciones existentes al amparo del Convenio de colaboración entre la AEAT y la Agencia Tributaria de Andalucía para la prevención y detección del fraude fiscal y de la economía sumergida y la mejora de información y asistencia a las personas obligadas tributarias con el propósito de incorporar líneas nuevas, entre las que podría destacarse la destinada a la comprobación del domicilio fiscal, cuya determinación resulta decisiva para concretar la posibilidad de llevar a cabo posteriormente actuaciones de control tributario.
b) Revisar el Convenio de colaboración con la Dirección General de Tráfico para mejorar las actuaciones de control en materia de transmisión de vehículos.
c) Reforzar la colaboración con el Colegio General del Notariado y el Ilustre Colegio Notarial de Andalucía con el propósito de introducir mejoras en el suministro de información para el control tributario. Particularmente, se intensificarán y se desarrollarán los envíos por parte de los notarios y las notarias de la información fiscal notarial y la remisión de la ficha notarial, incrementando los supuestos de envíos y aumentando, de esta manera, la información de carácter fiscal que obrará en poder de la ATRIAN dirigida a las actuaciones de control y comprobación de los hechos imponibles. Igualmente se intensificará la coordinación de requerimientos a la Oficina Central del Fraude y de Blanqueo de Capitales con el objeto de obtener información de titulares reales de bienes y derechos.
A.3. Estrategia de gestión recaudatoria.
La ATRIAN se ha trazado como meta superar los objetivos alcanzados en la lucha contra el fraude fiscal durante la vigencia del contrato de gestión anterior, tanto desde una perspectiva cuantitativa como desde una perspectiva cualitativa, ya que el incremento de la recaudación tributaria resulta esencial para el sostenimiento de los gastos públicos. En este sentido, durante la vigencia del tercer contrato de gestión la ATRIAN se ha propuesto continuar con la senda de crecimiento recaudatorio experimentado a lo largo del segundo contrato de gestión.
Continuando la estrategia trazada en el anterior contrato de gestión, la ATRIAN va a seguir potenciando el desarrollo de aplicaciones y utilidades propias para llevar a cabo actuaciones de recaudación ejecutiva por medios propios, abarcando desde la notificación masiva de providencias de apremio, hasta las demás fases recaudatorias de embargo de bienes y derechos.
Las principales líneas estratégicas en materia de recaudación que van a desarrollarse durante este contrato de gestión son:
a) Desarrollo de nuevas herramientas que permitan incrementar la recaudación ejecutiva por medios propios.
b) Creación de una oficina técnica de recaudación ejecutiva e introducción de modificaciones en la actual estructura organizativa con el propósito de regionalizar la tramitación y resolución de expedientes en materia de recaudación.
c) La elaboración de planes para llevar a cabo actuaciones de depuración de deuda.
d) La implementación de nuevos métodos de pago.
A.4. Información y asistencia.
La aplicación de los tributos debe orientarse a la inducción del cumplimiento espontáneo de las obligaciones. De este modo, se potencia la recaudación y la eficiencia de los recursos destinados a la lucha contra el fraude fiscal. Desde esta óptica, es necesario actuar con carácter preventivo, mejorando la accesibilidad y transparencia de la aplicación de los tributos y los servicios de información y asistencia a la ciudadanía.
La ATRIAN pretende mejorar la accesibilidad a la información necesaria para que la ciudadanía pueda cumplir sus obligaciones tributarias, ya que el adecuado e inmediato conocimiento de la misma evita errores y previene incumplimientos. En la misma línea, la transparencia es un valor estratégico que genera certidumbre y seguridad a las personas contribuyentes.
Las principales líneas estratégicas en materia de información y asistencia a los contribuyentes que van a desarrollarse durante este contrato de gestión son:
a) Para generar confianza y contribuir a incrementar la certidumbre acerca del coste fiscal de una determinada operación con carácter previo a su realización, la ATRIAN se compromete a fomentar y facilitar el conocimiento de las distintas herramientas y aplicaciones que permiten a la ciudadanía conocer cuál es el valor estimado que la Administración considera que tiene un determinado bien a efectos fiscales.
b) Prestación de servicios de información y asistencia de forma presencial en las oficinas de la ATRIAN mediante cita previa. De este modo, a través de una adecuada organización de los recursos disponibles se favorece la eficacia y eficiencia, minimizando los tiempos de acceso de la ciudadanía a los servicios tributarios.
c) Para garantizar el acceso a una información de calidad se utilizará una terminología comprensible para la elaboración de las guías de los tributos que gestiona.
d) Dotar de mayor visibilidad en el portal de Internet de la ATRIAN a las funcionalidades existentes para la valoración de bienes, facilitando su localización y potenciando su utilización.
e) La educación cívico-tributaria con la finalidad primordial de transmitir valores y actitudes favorables a la responsabilidad fiscal y contrarios a las conductas defraudadoras. Particularmente, en este programa se hará especial referencia a los siguientes extremos:
- Los canales de información de las actividades de información y asistencia a los contribuyentes.
- La comunicación del balance fiscal con el propósito de concienciar a la ciudadanía de que la atención y cobertura de los servicios públicos se sustenta sobre el deber espontáneo de contribuir.
- Reforzar la identidad institucional de la ATRIAN que refleje su forma de actuar y cómo se relaciona con la ciudadanía.
Por lo que respecta al objetivo estratégico «B. Posibilitar que la ciudadanía se relacione con la Agencia Tributaria de Andalucía íntegramente por medios electrónicos», conviene destacar que la LPAC, establece el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, así como la obligación de éstas de dotarse de los medios y sistemas necesarios para que ese derecho pueda ejercerse. En esta línea, en la Exposición de Motivos de la LPAC se señala que la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las Administraciones Públicas.
En este contexto, la ATRIAN afronta el reto de posibilitar que la ciudadanía se relacione con ella íntegramente por medios electrónicos para el ejercicio de sus derechos y obligaciones. Aunque la ATRIAN ha apostado desde su puesta en funcionamiento por la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones, ya que presta servicios electrónicos y dispone de un Registro Telemático Tributario en funcionamiento desde el año 2005, y es posible la presentación por medios telemáticos de declaraciones, solicitudes, comunicaciones y demás escritos de carácter tributario relativos a los trámites y procedimientos, incluyendo la posibilidad del pago telemático de tributos, lo cierto es que la ATRIAN debe llevar a cabo un rediseño funcional y una simplificación de los procedimientos, procesos o servicios que realiza y acometer nuevos desarrollos tecnológicos para adaptar sus aplicativos a los requerimientos establecidos en la LPAC, para estar en disposición de posibilitar que la ciudadanía se relacione con la ATRIAN por medios electrónicos.
El programa que va a aglutinar los esfuerzos de la ATRIAN en orden a posibilitar que la ciudadanía se relacione con la Agencia Tributaria de Andalucía por medios electrónicos recibe la denominación «B.1 Implantación de la Administración electrónica». Las líneas estratégicas de este programa son las siguientes:
a) La adopción de las modificaciones necesarias en sus aplicativos para poder notificar sus actos administrativos por medios electrónicos.
b) Sustituir la actual Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía por una Sede Electrónica plenamente adaptada a lo prescrito en la LRJSP, y en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, para que se garantice el derecho de acceso electrónico a la ciudadanía a los servicios públicos, y el ejercicio del derecho de la ciudadanía a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, reduciendo la carga fiscal indirecta asociada al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
c) Desarrollar las tareas necesarias para que la ciudadanía pueda obtener información del estado de tramitación de sus expedientes a través de la Sede Electrónica, sin necesidad de desplazarse y sin que el acceso a dicha información esté sujeto a restricciones horarias.
d) Poner a disposición de los contribuyentes sistemas normalizados de solicitud, que pueden incluir comprobaciones automáticas de la información aportada respecto de datos almacenados en sistemas propios o pertenecientes a otras Administraciones u ofrecer el formulario cumplimentado, en todo o en parte, con objeto de que la persona interesada verifique la información y, en su caso, la modifique y complete, con la finalidad de agilizar y simplificar la tramitación de procedimientos administrativos. En este sentido, la ATRIAN asume el reto de poner a disposición de los contribuyentes servicios de cumplimentación de trámites y confección de documentos por medios electrónicos, de uso voluntario, que contribuyan a mejorar el servicio de información y asistencia a la ciudadanía en el ejercicio de sus derechos y obligaciones, y facilitar la presentación de documentación, así como la identificación de los procedimientos y trámites asociados a la presentación realizada.
Por último, para la consecución del objetivo estratégico «Mejora de la gestión de los recursos asignados a la ATRIAN», la ATRIAN se ha trazado como meta continuar optimizando la utilización de los recursos que se ponen a su disposición y orientar a las personas que prestan servicio en la misma hacia la obtención de mejores resultados, manteniendo el alto nivel de satisfacción de la ciudadanía por los servicios prestados.
A continuación se exponen las líneas estratégicas de cada uno de los programas asociados a la «Mejora de la gestión de los recursos asignados a la ATRIAN»:
C.1. Impulso a la calidad.
La mejora continua de la calidad en la prestación de servicios a la ciudadanía es un principio general que informa la organización y actuación de la ATRIAN. Teniendo en cuenta el impacto sobre el modelo organizativo de la ATRIAN que va a tener la implantación de la Administración electrónica y la repercusión sobre las personas que prestan servicio en la misma, es necesario diseñar una cuidadosa estrategia para la gestión de los cambios que aquella conlleva.
Adicionalmente, la implantación de la Administración electrónica precisa que la ATRIAN lleve a cabo el rediseño funcional y simplificación de procedimientos, procesos o servicios, lo cual debe contribuir a que se reduzcan de manera sustancial los tiempos y plazos de tramitación de los procedimientos administrativos.
Sobre la base de las premisas expuestas, las líneas estratégicas de este programa son las siguientes:
a) Elaboración de protocolos de actuación para la explicación y seguimiento de los cambios organizativos realizados con motivo de la implantación de la Administración electrónica.
b) Elaboración de encuestas de satisfacción laboral del personal que presta servicio en la ATRIAN.
c) Elaboración de programas para la difusión de buenas prácticas dentro de la ATRIAN en orden a mejorar la actividad de aplicación de los tributos.
d) Elaboración de encuestas para conocer el nivel de satisfacción de los contribuyentes por la información y asistencia recibida.
e) Elaboración de guías de tramitación para facilitar al personal que presta servicio en la ATRIAN el desarrollo de sus funciones.
f) La estrecha colaboración con el Defensor del Pueblo y la Oficina de Defensa del Contribuyente.
g) Seguimiento de la Carta de Servicios de la ATRIAN.
C.2. Atención a la litigiosidad en la aplicación de los tributos.
Con el propósito de reducir la litigiosidad y mejorar la forma de aplicación de los tributos que gestiona, la ATRIAN viene prestando especial atención a la determinación de las causas de la conflictividad asociada al desarrollo de sus funciones. Partiendo de esta premisa, desde el primer contrato de gestión la ATRIAN viene trabajando en la elaboración de informes periódicos de litigiosidad con la finalidad de analizar las controversias que genera la aplicación de los tributos que gestiona, con el objetivo de mejorar la práctica administrativa.
Por otra parte, ha de tomarse en consideración que la complejidad del sistema tributario puede generar incumplimientos involuntarios y provocar conflictos innecesarios. Desde esta perspectiva, la ATRIAN estima que es necesario trabajar en la revisión de la utilización del lenguaje jurídico que emplea en el ejercicio de su actividad con la finalidad de hacerlo más claro y comprensible para la ciudadanía.
En atención a lo anterior, las líneas estratégicas de este programa son las siguientes:
a) Elaborar informes periódicos de litigiosidad para determinar las causas de los conflictos tributarios derivados de la actividad de aplicación de los tributos que gestiona la ATRIAN.
b) Revisión periódica de los criterios de aplicación de los tributos en orden a garantizar una aplicación homogénea de la norma tributaria en el territorio.
c) Elaboración de un plan de modernización del lenguaje jurídico que permita mejorar la inteligibilidad de las comunicaciones, contenidos e informaciones que realice la ATRIAN.
C.3. Gestión de recursos humanos.
El nivel de atención, orientación, implicación y capacitación de los recursos humanos de la ATRIAN determina el modo en el que la organización afronta el reto de mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal. Desde esta perspectiva, la ATRIAN asume el reto de poner en marcha planes y programas de trabajo que permitan incrementar la motivación, conocimiento y participación de su personal, incrementando el nivel de productividad en el desarrollo de las funciones y competencias que tiene encomendada.
Las líneas estratégicas de este programa son las siguientes:
a) Elaborar un plan de comunicación de objetivos, resultados y beneficios para la ciudadanía derivado del trabajo de las personas que prestan servicios en la ATRIAN, para su posterior difusión entre todos los efectivos de la misma.
b) Elaborar un programa de movilidad para el intercambio de conocimientos y prácticas administrativas en el seno de la ATRIAN.
c) Diseño y evaluación de un programa de formación especializada para el personal de la Agencia, basado en la adquisición de competencias profesionales y la transferencia del aprendizaje al puesto de trabajo utilizando metodologías participativas e inductivas, siguiendo las pautas del Libro Blanco del IAAP sobre Metodologías Innovadoras de Formación en la Administración Pública.
C.4. Incrementar la eficiencia de los recursos asignados a la ATRIAN.
Con la finalidad de consolidar la senda de eficiencia del contrato de gestión anterior, la ATRIAN asume el compromiso de no superar la ratio de coste estimado respecto a la recaudación neta obtenida del 4%. Para ello, va a adoptar medidas en los distintos planes de acción tendentes a mejorar tanto la vertiente de los ingresos como la vertiente de los gastos.
Conforme al objetivo enunciado, las principales líneas estratégicas de actuación impulsadas a través de este programa son las siguientes:
a) Establecer una estructura eficiente para la gestión integrada de los recursos económicos de la ATRIAN, que abarque la totalidad de su organización territorial.
b) Elaborar programas que contribuyan a fomentar la relación por medios electrónicos con la ATRIAN.
c) Establecer planes para la reducción de los tiempos medios de tramitación de los procedimientos de devolución de ingreso y de reembolso de costes de garantías.
V. Recursos materiales, tecnológicos y presupuestarios.
V.1. Recursos materiales.
Actualmente la ATRIAN dispone del uso de los bienes que la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública le ha facilitado desde el inicio de su actividad. Conforme al apartado segundo de la disposición adicional segunda del Decreto 4/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, los bienes afectos a los servicios de la competencia de la Agencia se le adscribirán en el momento y en la forma que se determine por la Consejería competente en materia de Hacienda.
Lo anterior se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición final cuarta del Decreto 342/2012, de 31 de julio, en lo relativo a las habilitaciones competenciales contenidas en la misma para su desarrollo y ejecución en el ámbito provincial, y del Decreto 321/2009, de 1 de septiembre, por el que se regula el régimen de uso y gestión de los edificios administrativos destinados a sedes de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus agencias y se establecen los mecanismos de coordinación correspondientes.
V.2. Recursos de Sistemas y Tecnologías de la Información y Comunicación.
Con arreglo a la Orden de 18 de noviembre de 2010, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, las necesidades tecnológicas de la Agencia Tributaria de Andalucía se han venido atendiendo desde 2010 a través de un marco de relación con la actual Dirección General de Política Digital (en adelante, DGPD) que se concreta en cada ejercicio mediante un Acuerdo de Nivel de Servicio (en lo sucesivo, ANS), conforme al Plan Plurianual de Necesidades Tecnológicas previstas durante la vigencia del propio contrato.
Con independencia de los servicios concretos que para cada ejercicio deban definirse, la DGPD proveerá a la ATRIAN de las siguientes líneas de servicios de sistemas y tecnologías de la información y comunicación, de carácter corporativo y sectorial:
a) El mantenimiento correctivo y perfectivo de los programas específicamente diseñados para facilitar la aplicación de los tributos.
b) El desarrollo e implantación de aquellas otras funcionalidades que sean necesarias para dar respaldo y agilidad, en las actuaciones de control tributario, en las actuaciones automatizadas mediante medios informáticos y en el tratamiento y análisis de información para la lucha contra el fraude fiscal, basadas en el uso de recursos tecnológicos.
c) Gestión de relaciones con la ciudadanía en el ámbito tributario a través de medios no presenciales (Centro de Información y Atención Tributaria-CIYAT).
d) Gestión de los puestos de trabajo del personal dependiente de la ATRIAN, incluyendo la sustitución y mejora de PCs, impresoras y demás medios de uso habitual, el material informático ordinario no inventariable, así como las comunicaciones telefónicas. También los accesos e infraestructura necesaria para el uso de aplicaciones corporativas de la Junta de Andalucía o de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública (en adelante CHAP) (@ries, SIRhUS, GIRO, Port@firmas, Gestor documental, etc.).
e) Infraestructuras de soporte para la actividad relativa a las tecnologías de la información y comunicación (en adelante TIC) de la ATRIAN, incluyendo servidores, centro de respaldo y almacenamiento, entorno de virtualización, gestión de portales, licencias y las necesarias medidas de seguridad, con las que se asegura el funcionamiento y custodia de la información derivada de la gestión tributaria, aprovechando las economías de escala de la integración en el conjunto de la CHAP.
f) La gestión del propio servicio del ANS, así como los restantes costes imputados derivados de la dedicación que el personal propio o contratado por la DGPD al conjunto de las actividades generales tecnológicas de la ATRIAN.
La línea de servicio 1 debe ser planificada bajo las directrices funcionales de la ATRIAN y se incluirá en el ANS dentro de la disponibilidad global de los recursos que se incluyan en el ANS para este bloque en cada ejercicio, sin que tenga carácter limitativo, pudiendo ser incrementados esos recursos previa aprobación del Consejo Rector, que procurará la ampliación de la dotación presupuestaria para atender dicha línea de servicio. Las líneas 2, 3 y 4, deben ser acordadas de forma compartida entre la DGPD y la ATRIAN, tanto en términos de las actividades concretas a realizar en cada una de ellas como de la asignación de recursos que deba realizarse a las mismas, concretándose específicamente en el ANS de forma simultánea al plan de acción de cada ejercicio. Las líneas 5 y 6, por su naturaleza competencial, quedan en el ámbito de decisión de la DGPD, de acuerdo con el marco estratégico y unificado de Gobierno electrónico que se establezca para el conjunto de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.
Además de la cuantificación inicial de los recursos que se incluya en cada ANS, que comprenderá todas las líneas de servicio descritas anteriormente, se realizará una valoración final de los realmente incurridos, que se asociará a la Cuenta anual de la ATRIAN por quedar incluida en la Memoria anual.
V.3. Recursos presupuestarios.
El artículo 25 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, establece que el anteproyecto de presupuesto de la ATRIAN reflejará los gastos necesarios para su funcionamiento y la consecución de sus fines. En este sentido, y de conformidad con el procedimiento que se establezca por la Consejería competente en materia de Hacienda, los planes de acción anuales se remitirán, junto con el anteproyecto de presupuesto, a dicha Consejería. A tal efecto, la Agencia Tributaria de Andalucía tiene Sección presupuestaria dentro del presupuesto de la Junta de Andalucía.
Para la elaboración del escenario presupuestario de los recursos que precisa la ATRIAN en el horizonte temporal del presente Contrato de Gestión (2018-2021), se ha partido de previsión contenida en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2018 y se ha procedido a la identificación de los factores que marcan la evolución de dichos recursos en los próximos ejercicios y la posible tendencia resultante de la aplicación de los mismos.
El cuadro de la estimación de los recursos presupuestarios que la ATRIAN precisa, sin perjuicio de las limitaciones que establezca cada año la Ley del Presupuesto, es la siguiente:
Adicionalmente, ha de tomarse en consideración que la ATRIAN se ha trazado como objetivo estratégico incrementar la eficiencia de los recursos a su cargo y como objetivo operativo que la ratio de coste estimado respecto a la recaudación neta del ejercicio no supere en ningún ejercicio del 4%. En este contexto, la ATRIAN ha estimado la evolución de los recursos financieros que precisa con arreglo a los siguientes criterios:
La evolución del Capítulo I viene marcada por el incremento de efectivos para mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal y para llevar a cabo actuaciones de recaudación ejecutiva por medios propios, lo que permitirá mejorar la ratio de coste beneficio de la recaudación obtenida en vía ejecutiva.
La incorporación de efectivos se llevará a cabo de modo gradual y progresiva, lo cual supondrá un incremento estimado de esta partida presupuestaria del 4,33%, 8,24% y 16,63% para los ejercicios 2019, 2020 y 2021 respectivamente respecto a la dotación del ejercicio 2018.
Ahora bien, de forma paralela la ATRIAN estima que podrá reducir de modo gradual y progresivo el gasto corriente con el propósito de contener el techo de gasto aprobado por la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018. En la línea señalada con anterioridad, la ATRIAN estima que podrá reducir la partida presupuestaria del Capítulo II en todos los ejercicios de la serie, consolidando un ahorro de recursos durante la vigencia de este contrato de gestión de 3.314.562 euros. Este ahorro, que se espera incrementar de modo paulatino, es parte del retorno de la inversión que se espera realizar en recursos humanos.
En efecto, la disposición de nuevos efectivos permitirá reducir el coste asociado a la gestión recaudatoria e incrementar la eficiencia a medio plazo de los recursos de los que dispone la ATRIAN. En este sentido, y como se advierte en el cuadro de previsión expuesto previamente, el calendario de retorno de la inversión en personal se ajusta al plazo de vigencia del presente contrato de gestión, ya que el incremento total de gasto estimado en términos absolutos tomando como referencia el presupuesto de la ATRIAN en 2018 es de 1.436.593 euros durante el período 2018-2021.
Por lo que respecta al Capítulo III del presupuesto de gasto, la ATRIAN aspira a reducir los tiempos medios de tramitación de los procedimientos teniendo en cuenta las mejoras derivadas de la implantación de las TIC en aquellos. En esta línea de contención del gasto, la ATRIAN prevé disminuir esta partida en todos los ejercicios, con un ahorro en términos absolutos durante la vigencia del contrato de gestión de 570.000 euros.
Finalmente, por lo que concierne a la partida consignada en el Capítulo VI, la ATRIAN estima necesario un incremento del gasto en mobiliario y enseres teniendo en cuenta que la incorporación de nuevos efectivos será gradual y progresiva.
VI. El personal de la Agencia. El personal directivo y la exigencia de responsabilidad. La evaluación de resultados.
VI.1. El personal de la Agencia.
La Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, ha modificado la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, añadiendo una disposición adicional octava, que establece que el personal que ocupe puestos de trabajo identificados con las funciones atribuidas a la Agencia (funciones ATRIAN) tendrá dependencia orgánica y funcional de la misma. También se ha modificado la disposición transitoria primera de la citada Ley 23/2007, de 18 de diciembre, en la que se determina que hasta que se apruebe la relación de puestos de trabajo de la ATRIAN, se mantendrá la dependencia orgánica preexistente del personal que presta servicio en la misma a la entrada en vigor de la presente disposición transitoria.
Este cambio normativo persigue reforzar la estructura de lucha contra el fraude fiscal, dotando a la Agencia de una relación de puestos de trabajo adecuada desde la perspectiva de la prevención y el control tributario. La disposición de un instrumento de ordenación de recursos humanos propio permite incrementar la autonomía de gestión de la Agencia y gozar de una mayor flexibilidad para una atención temprana de las necesidades de personal.
Este modelo organizativo persigue incrementar la especialización para hacer frente al fraude más complejo, una reacción temprana frente al incumplidor y que la Comunidad Autónoma de Andalucía pueda disponer de un agente de recaudación propio incrementando el control en la fase de recaudación.
En este contexto, durante la vigencia de este contrato de gestión la Agencia dispondrá de una relación de puestos de trabajo que permita consolidar y mejorar el actual modelo de atención a la ciudadanía, hacer frente a los retos de la implantación de la Administración electrónica y la mejora de la definición y ejecución de la estrategia de lucha contra el fraude fiscal.
Con arreglo a lo anterior, y para avanzar en autonomía de gestión, la Agencia dispondrá de servicios horizontales propios que, bajo las premisas de racionalización en el gasto público, optimización de los recursos públicos, coherencia en la actuación administrativa y un satisfactorio servicio a la ciudadanía, permitan configurar una Agencia dinámina que sea capaz de atender las necesidades derivadas de las actuaciones de aplicación de los tributos con el propósito de contribuir a la financiación de los servicios y políticas públicas.
Respecto del personal que dependa funcionalmente de la ATRIAN, en tanto se mantenga la dependencia orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública y de la Consejería a la que se encuentren adscritas orgánicamente las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, con el fin de evitar duplicidad de estructuras de servicios horizontales, se arbitrarán, atendiendo a criterios de eficacia y eficiencia, formulas de colaboración entre la ATRIAN y las citadas Consejerías en relación con determinadas cuestiones que afectan a la gestión administrativa, las cuales se adjuntarán como anexo a los planes de acción anuales.
Por último, para el período 2018-2021 la ATRIAN ha identificado como uno de sus objetivos estratégicos el de «Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal». Para la consecución de este objetivo estratégico y la de cada uno de los objetivos operativos asociados al mismo, la ATRIAN estima necesario incrementar el número de efectivos en tres ámbitos concretos: recaudación, inspección y valoración. En este sentido, la ATRIAN pretende incrementar los recursos humanos de lucha contra el fraude fiscal en un promedio del 8% anual respecto a los efectivos disponibles en el ejercicio 2018, con sujeción al escenario de gasto señalado con anterioridad y con arreglo a las disponibilidades presupuestarias contempladas cada año en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
VI.2. El personal directivo y la exigencia de responsabilidad.
Los puestos de personal directivo de la ATRIAN, de acuerdo con el artículo 32.1 del Estatuto de la misma son los siguientes: los de las jefaturas del Departamento de Organización y Gestión de Recursos, del Departamento de Aplicación de los Tributos y del Departamento de Innovación Tecnológica y de Análisis de la Información, y los de las jefaturas de las Gerencias Provinciales.
El personal directivo a que se refiere el artículo 32 del Estatuto está sujeto a exigencias de responsabilidad por incumplimiento de objetivos. Se exigirá responsabilidad por incumplimiento de objetivos al personal directivo cuando la valoración del grado de consecución de las actividades especificadas para cada ejercicio en el Plan de Acción anual no se considere suficiente por el Consejo Rector.
En este caso, el personal directivo deberá rendir cuentas y se expondrán ante el Consejo Rector de la Agencia las causas y motivos de dicho incumplimiento. Si los mismos no se consideran suficientemente justificados, la Presidencia de la ATRIAN procederá formalmente a la llamada de atención de aquellos miembros del equipo directivo que estuvieran incursos en esa situación.
Producido el incumplimiento, en el plazo de tres meses se deberá elaborar un plan específico de mejora, donde se analicen las causas y se detecten las áreas específicas susceptibles de perfeccionamiento, bajo la premisa de paridad de medios.
Si durante dos ejercicios consecutivos se produce la llamada de atención de algún miembro del equipo directivo, se podrá proponer su cese a la Presidencia.
La exigencia de las responsabilidades anteriores lo será sin perjuicio de las competencias para el cese y nombramiento del personal directivo previstas en el artículo 32.2 del Estatuto, o de otro tipo de responsabilidades que, en su caso, puedan ser exigibles en otros ámbitos.
VI.3. Evaluación del desempeño y productividad.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.3.i) del Estatuto de la ATRIAN, corresponde a la Dirección de la Agencia fijar los criterios para la evaluación del desempeño y la correspondiente distribución del complemento de productividad, dentro de las previsiones establecidas por el Presupuesto de la Agencia y conforme a los criterios recogidos en el contrato de gestión.
Por otra parte, el artículo 28.3 del Estatuto de la ATRIAN establece que la cuantía de la masa salarial destinada al complemento de productividad, o concepto equivalente del personal laboral y funcionario, estará en todo caso vinculada al grado de cumplimiento de los objetivos fijados en el contrato de gestión.
Sin perjuicio de lo que establezcan cada año al respecto las leyes del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la evaluación del desempeño y la productividad del personal de la Agencia Tributaria de Andalucía responderá a las siguientes reglas generales:
a) Se realizará conforme a los criterios de transparencia y objetividad y servirá, en los términos previstos en los párrafos siguientes, para el sistema de incentivos al rendimiento del personal de la ATRIAN.
b) Se ajustará a las directrices generales que, en este ámbito, se apliquen para el conjunto de los empleados públicos al servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, fijados por el órgano competente en materia de Administración Pública, con las especialidades que puedan derivarse de las funciones encomendadas a la Agencia Tributaria de Andalucía.
c) En tanto no entre en funcionamiento la evaluación del desempeño de las empleadas y los empleados públicos, de acuerdo con el desarrollo normativo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, el complemento de productividad del personal de la ATRIAN se concederá por la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, a propuesta de la persona titular de la Dirección de la ATRIAN, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional octava y disposición transitoria primera de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, de acuerdo con los criterios objetivos técnicos establecidos en el Decreto 117/1991, de 11 de junio, por el que se aprueban los criterios objetivos técnicos para la aplicación del complemento de productividad, y en la Orden de 17 de junio de 1991, por la que se regula la aplicación del complemento de productividad.
La evaluación del desempeño y el cálculo de productividad del personal directivo de la ATRIAN se realizará según las siguientes reglas:
a) La productividad estará ligada al cumplimiento de objetivos estratégicos y actividades asignadas al Departamento o Gerencia Provincial en cada plan de acción anual.
b) Se elaborará anualmente un informe de cumplimiento de los objetivos estratégicos y las actividades especificadas en el plan de acción para cada Departamento y Gerencia Provincial, conforme a las especificaciones establecidas en cada plan de acción anual.
c) El informe será aprobado por la persona titular de la Dirección de la ATRIAN, previo sometimiento del mismo a la Comisión de Control, teniendo en cuenta los resultados obtenidos, los recursos empleados y ponderando, en su caso, otras circunstancias que hayan condicionado la ejecución de los respectivos objetivos estratégicos y programas.
d) El montante de la masa salarial que, en cada año de vigencia del presente contrato de gestión, se destinará al complemento de productividad del personal directivo será, como máximo, el 5% del importe total de las retribuciones fijas (sueldo, complemento de destino, complemento específico y pagas extraordinarias), excluida, por tanto, la antigüedad de los puestos directivos en cada ejercicio. En ningún caso, el importe que, por este concepto, perciba individualmente el personal directivo podrá suponer un importe tal que, al sumarse a la retribución anual fija, por todos los conceptos, supere a la retribución que se establezca en la Ley del Presupuesto de cada ejercicio y en los planes de acción anuales.
VII. Seguimiento de la ejecución y cumplimiento del contrato de gestión.
Corresponde a la Comisión de Control, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 16.3 del Estatuto de la ATRIAN, elaborar, con la periodicidad que la misma decida, y al menos una vez al semestre, informes sobre el desarrollo y ejecución del contrato de gestión, que se remitirán al Consejo Rector y, por conducto de la persona titular de la Presidencia de éste, a la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda.
Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, finalizada la vigencia del presente contrato de gestión, el Consejero de Economía, Hacienda y Administración Pública informará al Consejo de Gobierno sobre su ejecución y resultado.
VIII. Causas y procedimiento para la introducción de modificaciones y adaptaciones.
Dispone el artículo 24.6 del Estatuto de la ATRIAN que «El contrato de gestión podrá establecer las causas y el procedimiento para la introducción de modificaciones o adaptaciones anuales».
El presente contrato se podrá modificar como consecuencia de cambios normativos que afecten a los tributos gestionados por la ATRIAN, o de cualquier otra circunstancia que requiera la modificación de aspectos no esenciales de la estructura del contrato de gestión, tales como alteraciones en los programas, en las cuantías de los recursos disponibles, u otros similares. En estos supuestos, el Consejo Rector, a instancia de la Directora de la Agencia, elevará la correspondiente propuesta de modificación a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda para su valoración y, en su caso, su aprobación mediante orden.
En los demás supuestos, la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda, a instancia del Consejo Rector, elevará la correspondiente propuesta de modificación al Consejo de Gobierno para su valoración y, en su caso, su aprobación por éste.
IX. Vigencia del contrato de gestión.
La vigencia del contrato de gestión se establece hasta el 31 de diciembre de 2021.
Si finalizado el período de vigencia de este contrato de gestión no se encuentra aprobado un nuevo contrato de gestión para el período siguiente, éste se prorrogará por el tiempo indispensable hasta la aprobación del nuevo.
X. Indicadores del contrato de gestión.
De acuerdo con el artículo 23.1 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, el Contrato de Gestión deberá incluir los objetivos a conseguir y los resultados esperados y también determina que se deberán elaborar indicadores asociados que permitan un adecuado seguimiento del mismo.
Los indicadores tendrán un seguimiento semestral y anual y se presentarán ante el Consejo Rector, de acuerdo con el artículo 14.2.j) del Estatuto.
A continuación se presenta en el Anexo el Cuadro Global de los indicadores relacionados con los objetivos estratégicos del contrato de gestión.
XI. Anexo. Indicadores de cumplimiento de los objetivos estratégicos.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS ESTRATÉGICOS, OBJETIVOS OPERATIVOS Y PROGRAMAS | |||||||
Objetivos estratégicos | Programas | Objetivo operativo | Indicador | Valor Objetivo | |||
2018 | 2019 | 2020 | 2021 | ||||
A. Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal | A.1. Planificación y control tributario | Alcanzar el 100% del nivel de cumplimiento del plan de control tributario | Grado de consecución de los objetivos recogidos en el plan de control tributario anual | 100% | 100% | 100% | 100% |
Reducción del pendiente de cobro de los Capítulos I a III del Presupuesto de ingresos en el marco de las competencias de la Agencia | Porcentaje de reducción del pendiente de cobro | 3,75% | 3,5% | 3,25% | 3% | ||
A.2. Cooperación para facilitar el cumplimiento de obligaciones y para luchar contra el fraude fiscal | Incrementar el número de presentaciones realizadas por colaboradores sociales en virtud de convenio respecto al total de presentaciones realizadas por colaboradores sociales | Porcentaje de presentación de documentos por colaborador social en virtud de convenio con respecto al total de presentaciones realizadas por colaboradores sociales | 50% | 60% | 70% | 80% | |
A.3. Estrategia de gestión recaudatoria | Incrementar la recaudación neta derivada de actuaciones de gestión recaudatoria en vía ejecutiva por medios propios | La recaudación ejecutiva neta por medios propios obtenida en el ejercicio corriente respecto a la recaudación ejecutiva por medios propios obtenida en el año anterior neta del ejercicio. | 10% | 13% | 17% | 20% | |
A.4. Información y asistencia | Incrementar el número de presentación de autoliquidaciones asistidas por la ATRIAN | Número de presentaciones de autoliquidaciones asistidas respecto al número total de autoliquidaciones | 5% | 5% | 5% | 5% | |
B. Posibilitar que la ciudadanía se relacione con la Agencia Tributaria de Andalucía íntegramente por medios electrónicos | B.1 Implantación de la Administración electrónica | Incrementar la presentación de documentos por medios telemáticos respecto al total de documentos presentados | Porcentaje de presentación de documentos por medios telemáticos | 30% | 37% | 42% | 45% |
Incrementar el grado de consecución de los objetivos del plan de telematización de la Junta de Andalucía en relación con los procedimientos y servicios de competencia de la ATRIAN | Valor medio del grado de telematización | 2,5 | 3 | 3,25 | 3,75 | ||
C. Mejora de la gestión de los recursos asignados a la ATRIAN |
C.1. Impulso a la calidad |
Alcanzar el 100% de cumplimiento de los compromisos de calidad de los servicios que se ofrecen a la ciudadanía en la Carta de Servicios de la Agencia Tributaria de Andalucía | Grado de consecución de los objetivos recogidos en la carta de servicios | 100% | 100% | 100% | 100% |
C.2. Atención a la litigiosidad en la aplicación de los tributos | Disminuir el número de reclamaciones estimadas respecto al total de actos administrativos dictados por la ATRIAN | Porcentaje de reclamaciones económico administrativos estimadas respecto al total de actos administrativos | 1% | 0,9% | 0,8% | 0,7% | |
C.3. Gestión de recursos humanos | Incrementar las horas de formación de los empleados públicos que prestan servicio en la ATRIAN | Número de horas de formación especializada por empleado y año | 15 | 18 | 21 | 24 | |
C.4. Incrementar la eficiencia de los recursos asignados a la ATRIAN | Alcanzar una relación de costes estimados de la ATRIAN respecto a la recaudación neta del período igual o inferior al 4% | Porcentaje de relación de costes respecto a la recaudación neta del periodo | Igual o inferior a 4 | Igual o inferior a 4 | Igual o inferior a 4 | Igual o inferior a 4 |