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De conformidad con lo previsto en los artículos 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de la competencia atribuida por los artículos 7.3.e) y 7.4.b) del Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
RESUELVO
Primero. La apertura de un período de información pública, en el seno de la instrucción del proyecto de orden, por el que se modifica la Orden de 23 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada.
Segundo. La publicación en el Boletín de la Junta de Andalucía de la presente resolución, a fin de que durante el plazo de 15 días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
Tercero. Durante el período de información pública la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a través de la url: http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/informacionpublica, así como en las dependencias administrativas sitas en Avda. Manuel Siurot, 50, Sevilla, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes salvo días festivos.
Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático, deberán presentarse por escrito preferentemente en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía, al que se podrá tener acceso a través de la url: http://www.juntadeandalucia.es/ciudadania, apartado «Presentación electrónica general», previa acreditación de su identidad, de acuerdo con la normativa estatal y autonómica sobre acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 6 de julio de 2018.- La Secretaria General, Pilar Navarro Rodríguez.
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