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Resolución de fecha 3 de julio de 2018, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia la constitución de la asociación empresarial denominada Círculo Empresarial de Cuidados a Personas de Andalucía en siglas CECUA con número de depósito 71100079.
Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por don Andrés Rodríguez González mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2018/000237.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 18.06.2018 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 26.6.2018.
Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por don Antonio Carrera Perailes, en representación de Vitaliarinconada, S.L., doña Antonia Gutiérrez Luna, en representación de Residencia Virgen de Luna, S.L., don David Molina Martínez, en representación de Avita Servicios Geriátricos, S.L., don Andrés Rodríguez González, en representación de Macrosad, S.C.A., todos ellos en calidad de promotores.
Se indica que el domicilio de la organización se fija en el Parque Empresarial Nuevo Torneo, C/ Biología, 12, Edif. Vilamar II, 2.ª planta, 41015 Sevilla (Sevilla), su ámbito territorial es regional y el funcional es el establecido en el artículo 3.º de sus estatutos.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Lo que se le comunica para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada mediante recurso de reposición, con carácter potestativo, ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde la recepción de la misma, o bien directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo previsto en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Sevilla, 3 de julio de 2018.- El Secretario General, Eduardo Candau Camacho.
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