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El Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Olvera ha dictado Decreto, con fecha 14 de junio de 2018, resolviendo lo siguiente:
«Decreto de Alcaldía.
Documento firmado electrónicamente.
Visto el anuncio publicado en BOJA núm. 77, de 23 de abril de 2018, relativo al expediente Modificación Puntual del PGOU-Olvera relativa a la reclasificación de parte de suelo urbanizable sectorizado del SAU 3 Este.
Visto que el artículo 21.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, de carácter básico, establece que la publicación del Estudio Ambiental Estratégico habrá de ser por un plazo de 45 días, en el Boletín Oficial correspondiente al órgano sustantivo, en este caso, la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
Visto que el tenor literal del acuerdo adoptado respondía a lo prevenido en el art. 40 de la Ley CICA, que recoge las especialidades de tramitación de tal Estudio en el seno de un procedimiento de Modificación Puntual de Planeamiento, y podría inducir a confusión.
Visto que actualmente el expediente se encuentra en período de información pública, de tal forma que sería posible proceder a corregir el citado error material, de conformidad con lo prevenido en el art. 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con el art. 21.1.r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, vengo en resolver:
Primero. Rectificar el acuerdo y anuncio publicado en BOJA núm. 77, de 23 de abril de 2018, relativo al expediente Modificación Puntual del PGOU-Olvera relativa a la reclasificación de parte de suelo urbanizable sectorizado del SAU 3 Este.
Así, donde pone:
“Tercero. Someter el documento de Modificación, el Estudio Ambiental Estratégico y el Resumen ejecutivo a información pública por el plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, Tablón de Anuncios y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, a fin de que cualquiera que lo desee pueda examinarlo y deducir, durante el citado plazo, cuantas alegaciones considere oportunas.”
Debe poner:
“Tercero. Someter el documento de Modificación, el Estudio Ambiental Estratégico y el Resumen ejecutivo a información pública por el plazo de un mes, y cuarenta y cinco días el Estudio Ambiental Estratégico; mediante anuncio en el Boletín Oficial correspondiente, Tablón de Anuncios y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, a fin de que cualquiera que lo desee pueda examinarlo y deducir, durante el citado plazo, cuantas alegaciones considere oportunas.”
Segundo. Rectificar el contenido del documento técnico de modificación puntual, en su apartado 1. Contenido y Alcance, adjunto al correspondiente acuerdo.
Así, donde pone «Alcalá del Valle», debe poner “Olvera”.
Tercera. Elevar la presente resolución al Pleno, para su ratificación.
Lo decreta, manda y firma el Sr. Alcalde; transcríbase al Libro de Decreto, la Secretaria Gral.»
Lo que se hace público para general conocimiento.
Olvera, 19 de junio de 2018.- El Alcalde, Francisco Párraga Rodríguez.
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