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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 517/2013. Negociado: 1i.
NIG: 4109144S20130005591.
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Abogado: José Luis León Marcos.
Contra: Prorrodya del Sur, S.L.U.
EDICTO
Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 517/2013 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Prorrodya del Sur, S.L.U., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia de fecha 15.9.2016 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Prorrodya del Sur, S.L.U., debo condenar y condeno a dicha empresa demandada al abono en favor de la entidad actora de la suma de 1.131,72 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, declarando la firmeza de la sentencia.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Prorrodya del Sur, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a doce de julio de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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