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El Acuerdo de 18 de abril de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan de Ganadería Extensiva de Andalucía, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) en el núm. 76, de 24 de abril de 2017, disponía en su párrafo 2 del apartado cuarto que «la propuesta del Plan se someterá a la consideración de los agentes económicos y sociales más representativos. Asimismo, se recabará informe de las Consejerías competentes en materia de economía, igualdad, comercio, educación, salud, consumo, medio ambiente y turismo, así como aquellos otros informes que sean preceptivos de acuerdo con la normativa de aplicación».
Igualmente, en el párrafo 3 del apartado cuarto establece que «la propuesta del Plan será sometida a información pública por un período no inferior a un mes, anunciándose en el BOJA y en el sitio web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural».
Estando en tramitación el Plan de la Ganadería Extensiva de Andalucía, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 18 de abril de 2017, del Consejo de Gobierno, antes citado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dada la especial naturaleza y el alcance general del proyecto, y con el fin de fomentar la máxima participación de todas las personas, entidades y empresas que pudieran estar interesadas,
RESUELVO
Primero. Someter el proyecto de Plan de la Ganadería Extensiva de Andalucía a la consideración de los agentes económicos y sociales más representativos. Asimismo, se recabará informe de las Consejerías competentes en materia de economía, igualdad, comercio, educación, salud, consumo, medio ambiente y turismo, así como aquellos otros informes que sean preceptivos.
Segundo. Someter el proyecto de Plan citado a información pública a través de publicación en BOJA y en el sitio web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, por un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOJA, con la finalidad de que se formulen cuantas alegaciones se estimen oportunas.
Tercero. Durante dicho plazo, el texto del proyecto se hallará a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sede en calle Tabladilla, s/n, de Sevilla (41013), y en la siguiente dirección web: http://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/servicios/participacion/todos-documentos.html.
Cuarto. Las alegaciones que se deseen formular al plan se podrán realizar preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico spg.capder@juntadeandalucia.es, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo en formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y dirigidas a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sede en calle Tabladilla, s/n, de Sevilla (41013).
Sevilla, 11 de julio de 2018.- El Director General, P.S. (art. 4.6 del Decreto 215/2015, de 14.7, BOJA núm. 136, de 15.7.2015), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Rafael Peral Sorroche.
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