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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiendo tenido entrada en esta Secretaría General Técnica recurso administrativo contra la resolución de procedimiento sancionador por venta de boletos de la organización «La Rápida» con referencia 29/473/2016/JI, sin que conste la legitimación o representación necesaria para su interposición y habiendo sido intentada la notificación del requerimiento de subsanación sin que se haya podido practicar, por el presente anuncio se requiere a don Francisco Sánchez Raya, para que en un plazo de diez días, a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, subsane dicha deficiencia.
En el supuesto de no acreditar dicha representación, se le tendrá por desistido de su petición dictándose resolución inadmitiéndose el recurso interpuesto.
Sevilla, 26 de julio de 2018.- La Secretaria General Técnica, María del Mar Clavero Herrera.
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