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El Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, acomete una reestructuración de competencias en el seno de la Consejería al objeto de abordar los nuevos retos derivados de la influencia de las políticas de la Unión Europea referidas a un nuevo Marco de Apoyo Comunitario en el que Andalucía pasa de ser región de convergencia a ser región competitiva, así como por la particular incidencia en la gestión ambiental que tendrán los fondos europeos en los próximos años y por la especial trascendencia de los cambios globales sobre el medio y el territorio andaluz.
El referido Decreto 216/2015, de 14 de julio, establece en su artículo 7.4 que corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático el ejercicio, entre otras, de las funciones de coordinación de la gestión y ejecución de los programas financiados con fondos europeos en el ámbito de la Consejería, de coordinación, tramitación y seguimiento de subvenciones y otros incentivos económicos en el área de medio ambiente y agua, así como de coordinación y desarrollo de procedimientos de auditoría, verificación y controles sobre los proyectos ejecutados mediante fondos europeos y la interlocución con los organismos pagadores y autoridades de gestión de dichos fondos.
Mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo se crean en la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático los puestos de trabajo necesarios en las correspondientes unidades administrativas para el ejercicio de las funciones atribuidas en las materias de coordinación de subvenciones e incentivos y de coordinación de verificaciones y controles de fondos europeos.
Por otra parte, y de forma adicional, se crean cuatro puestos de trabajo para la adscripción provisional de funcionarios cesados en puestos de libre designación y para el reingreso al servicio activo de funcionarios que se hallaban en situación de servicios especiales, y que con anterioridad desempeñaban un puesto obtenido mediante el sistema de libre designación.
Por último, en otros centros directivos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se suprime la característica “a extinguir” del complemento específico de un puesto de trabajo cuya cuantía ya se encuentra normalizada y se suprimen puestos de trabajo declarados a extinguir que se encuentran vacantes y sin ocupación y otros puestos de trabajo vacantes y sin ocupación que han devenido innecesarios debido a distintas modificaciones organizativas, por lo que la presente modificación no supone el incremento del número de puestos de trabajo ni del coste económico de los mismos en la vigente relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, en relación con el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Administración Pública, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 31 de julio de 2018,
DISPONGO
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio queda modificada en los términos indicados en el anexo del presente decreto.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 31 de julio de 2018
SUSANA DÍAZ PACHECO | |
Presidenta de la Junta de Andalucía | |
ANTONIO RAMÍREZ DE ARELLANO LÓPEZ | |
Consejero de Economía, Hacienda y Administración Pública |