Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00138929.
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 18.2 del Decreto 5/2012, de 17 de enero, por el que se regula la Autorización Ambiental Integrada, así como en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
ACUERDO
Primero. La apertura de un período de información pública, en el seno del procedimiento administrativo de autorización ambiental integrada relativo a:
Expediente: AAI/AL/134.
Denominación del proyecto: Ampliación de explotación porcina de cebo.
Término municipal: Vélez Blanco.
Promotor: María Pilar García García.
Localización de la actividad: Paraje «Campillos» polígono 59, parcelas 15 y 17.
Naturaleza jurídica de la resolución: Autorización Ambiental Integrada.
Órgano competente para resolver: Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería.
Órganos a los que se va a realizar consultas:
Ayuntamiento de Vélez Blanco.
Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de Almería.
Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deportes de Almería.
Confederación Hidrográfica del Segura.
A efectos de la referida autorización ambiental integrada, el trámite será común para las autorizaciones sectoriales que se integran en la autorización ambiental integrada, así como, en su caso, para el procedimiento para la obtención de la autorización sustantiva y el de la licencia municipal de la actividad.
Segundo. Este proyecto no está sujeto a Evaluación de Impacto Ambiental estatal o transfronteriza o a consultas entre los Estados miembros, de conformidad con lo prescrito en los artículos 27 y 28 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, pòr el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.
Tercero. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente acuerdo, a fin de que durante el plazo de 45 días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
Cuarto. Durante el período de información pública, la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a través de la url: www.juntadeandalucia.es/medioambiente/informacionpublica, así como en las dependencias administrativas, sitas en: C/ Canónigo Molina Alonso, núm. 8, 6.ª planta, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes salvo días festivos.
Quinto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Almería, 28 de junio de 2018.- El Delegado, Raúl Enríquez Caba.
Descargar PDF