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De conformidad con lo establecido en el artículo 113.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los arts. 40, 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiendo resultado frustrada la notificación a la/s persona/s interesada/s que se relacionan en el Anexo, en las direcciones que constan en sus expedientes, se procede, mediante publicación de extracto, a la notificación de la Propuesta de Suspensión de Prestación de Servicios Portuarios por impago reiterado de tasas portuarias de los usuarios que, asimismo, se relacionan en dicho Anexo, en puertos de competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía gestionados directamente por la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
La citada Propuesta y el expediente administrativo a que se refieren este Anuncio se encuentran, para su acceso por las personas interesadas o sus representantes, en las dependencias en la sede de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, sita en C/ Pablo Picasso, 6, planta 7.º, 41018 de Sevilla, pudiendo las personas interesadas presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles, en el caso de residentes españoles, o de quince días hábiles, de tratarse de extranjeros, a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la presente publicación.
Si antes de dictarse resolución se abonan las tasas portuarias devengadas, de conformidad con la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, el procedimiento decaerá.
La competencia para resolver los procedimientos cuyo inicio se notifica corresponde al Director Gerente de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.1.g) del Estatuto de la entidad, aprobado por Decreto 235/2001, de 16 de octubre.
El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento de Suspensión de Servicios Portuarios es de 3 meses desde la fecha de incoación de la Propuesta, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El transcurso del mismo, teniendo en cuenta las posibles interrupciones en su cómputo, producirá la caducidad del procedimiento, resolviéndose el archivo del mismo (art. 25.1 de la misma ley).
Finalmente, se informa que contra la/s propuesta/s o acuerdos de inicio que se notifican a través de la presente publicación no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio del derecho a recurrir contra las resoluciones que pongan fin a los procedimientos que ahora se incoan.
ANEXO
Fecha Propuesta | Documento de Identidad | Embarcación | Matrícula |
10.7.2018 | 32057167 |
IRENE SEXTO MOTO MOTO |
7.ª MA-5-115-91 7.ª CA 13/12 7.ª CA 2/07 |
Sevilla, 13 de agosto de 2018.- El Director de los Servicios Jurídicos y Contratación, Ignacio Ortiz Poole.
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