Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 10/09/2018

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Consejería de Salud

Resolución de 4 de septiembre de 2018, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Córdoba, por la que se hace pública resolución al amparo del Decreto-ley que se cita, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

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Habiéndose resuelto por la Secretaría General de Servicios Sociales de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, recurso de alzada núm. 2018/025, en relación con la solicitud sobre la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, BOJA 245, 26.12.2017), formulada por la persona relacionada y tramitada en el expediente administrativo que se relaciona, se ha intentado su notificación, sin efecto, de forma que, en cumplimiento del art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), se procede a notificar la resolución recaída con el siguiente contenido básico:

EXPTE. NOMBRE 1.º APELLIDO 2.º APELLIDO DNI/NIE RESOLUCIÓN
5546/2018 D.ª Samara Pavón González 45736884G Desestimado el recurso de alzada

Advertencia. Asimismo, se indica que contra la citada resolución, que agota la vía administrativa, conforme dispone el 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en Córdoba, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en los términos previstos en los artículos 25, 45, 46, 78 y demás concordantes de la Ley 29/19998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Córdoba, 4 de septiembre de 2018.- La Delegada, María de los Ángeles Luna Morales.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44, y en la disposición adicional tercera, de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.»

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