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Habiéndose resuelto por la Secretaría General de Servicios Sociales de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, recurso de alzada núm. 2018/025, en relación con la solicitud sobre la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, BOJA 245, 26.12.2017), formulada por la persona relacionada y tramitada en el expediente administrativo que se relaciona, se ha intentado su notificación, sin efecto, de forma que, en cumplimiento del art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), se procede a notificar la resolución recaída con el siguiente contenido básico:
EXPTE. | NOMBRE | 1.º APELLIDO | 2.º APELLIDO | DNI/NIE | RESOLUCIÓN |
5546/2018 | D.ª Samara | Pavón | González | 45736884G | Desestimado el recurso de alzada |
Advertencia. Asimismo, se indica que contra la citada resolución, que agota la vía administrativa, conforme dispone el 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en Córdoba, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en los términos previstos en los artículos 25, 45, 46, 78 y demás concordantes de la Ley 29/19998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Córdoba, 4 de septiembre de 2018.- La Delegada, María de los Ángeles Luna Morales.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44, y en la disposición adicional tercera, de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.»
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