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Advertidos errores materiales tanto en el título como en el Anexo II de la Resolución de 27 de agosto de 2018, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se anuncia la convocatoria de concurso interno de méritos para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios de los subgrupos A2 y C1 (BOJA número 169, de 31 de agosto).
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
HA RESUELTO
Primero. Corregir el error material advertido en el Título de la Resolución citada al inicio, en los siguientes términos:
Donde dice: «Resolución de 27 de agosto de 2018, de la Universidad de Almería, por la que se anuncia la convocatoria de concurso de interino de méritos para la provisión de puestos de trabajo de Personal Funcionario de Administración y Servicios de los Grupos A2 y C1».
Debe decir: «Resolución de 27 de agosto de 2018, de la Universidad de Almería, por la que se anuncia la convocatoria de concurso interno de méritos para la provisión de puestos de trabajo de Personal Funcionario de Administración y Servicios de los Grupos A2 y C1».
Segundo. Corregir el error material advertido en la columna «observaciones» correspondiente al puesto de trabajo Gestor de obras menores del Anexo II, en los siguientes términos:
Donde dice: «Ingeniero/ Arquitecto», debe decir: Arquitecto Técnico-Delineante.
Tercero. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes previsto en la referida Resolución de 27 de agosto de 2018 en quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Para los puestos de trabajo a resolver mediante concurso específico se habilita un plazo adicional de un mes, contado a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes señalado en el párrafo anterior, a efectos de presentación de la correspondiente memoria.
La presente resolución agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en el artículo 62.1 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, modificados por el Decreto 237, de 12 de julio de 2011. Contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la publicación de esta Resolución, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Almería, 5 de septiembre de 2018.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.
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