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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Albuñuelas ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo y bandera municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.
Con fecha 8 de junio de 2018, el Pleno del Ayuntamiento de Albuñuelas acordó, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva del escudo y la bandera municipal con las siguientes descripciones:
Escudo: «Escudo Español, cortado. Primero de plata, dos montes de sinople salientes de los flancos y un ciervo pasante de gules; punta de plata con dos fajas ondadas de azur. Segundo de oro, un naranjo arrancado de sinople acompañado de una cruz de gules a la diestra y un creciente contornado de lo mismo a la siniestra. Al timbre, corona real española cerrada».
Bandera: «Bandera rectangular de proporciones 3:2 (largo por ancho), con tres franjas horizontales de la misma anchura: La primera verde, la central blanca, y la inferior azul con tres franjas ondadas blancas. Al centro, el Escudo Heráldico Municipal».
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 1 de agosto de 2018, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su escudo y bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el apartado b) del artículo 12.2 del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto,
RESUELVE
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Albuñuelas (Granada), con las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.
Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del municipio de Albuñuelas (Granada) en el mencionado Registro, para incluir dichos símbolos municipales.
Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 5 de septiembre de 2018.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.
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