Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 12/09/2018

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 6 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Movilidad, sobre notificación de incoación de expedientes sancionadores de Metro de Málaga y Metro de Sevilla.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00141967.

Incoados los expedientes sancionadores contra las personas y entidades que se indican por infracción a los artículos que se detallan de la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, y dado que, intentada la notificación, ésta no ha podido practicarse, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores que se relacionan.

Expediente: MM 230/2017. DNI/Pasaporte: 30.073.333M. 14710 Córdoba. Fecha de la denuncia: 21/09/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Expediente: MM 229/2017. DNI/Pasaporte: Y5154610-W. 29008 Málaga. Fecha de la denuncia: 21/09/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Expediente: MM 231/2017. DNI/Pasaporte: 75.693.026A. 29630 Benalmádena-Málaga. Fecha de la denuncia: 22/09/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Expediente: MS 224/2017. DNI/Pasaporte: 77.803.886S. 23002 Jaén. Fecha de la denuncia: 27/09/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Expediente: MM 235/2017. DNI/Pasaporte: 79.167.384G. 29601 Marbella-Málaga. Fecha de la denuncia: 27/09/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Expediente: MM 237/2017. DNI/Pasaporte: 74.745.375K. 18600 Motril-Granada. Fecha de la denuncia: 29/09/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Expediente: MS 201/2017. DNI/Pasaporte: 30.230,135Q. 41005 Sevilla. Fecha de la denuncia: 01/10/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Expediente: MM 246/2017. DNI/Pasaporte: 74.820.309K. 29630 Benalmádena-Málaga. Fecha de la denuncia: 01/10/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Expediente: MS 242/2017. DNI/Pasaporte: 28.832.757A. 41840 Pilas - Sevilla. Fecha de la denuncia: 10/10/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Expediente: MS 024/2017. DNI/Pasaporte: 53.351.468R. 41927 Mairena del Aljarafe-Sevilla. Fecha de la denuncia: 17/10/2017. Normas infringidas: 42.k) Ley 2/2003, 12 mayo. Sanción: 90,00 euros.

Cada interesado dispone de un plazo de 15 días hábiles siguientes al de la publicación del presente anuncio para, si lo estima oportuno, alegar por escrito ante la Dirección General de Movilidad de la Consejería de Fomento y Vivienda, sita en C/ Pablo Picasso, 6,  41018 Sevilla, lo que a su derecho convenga, aportando o proponiendo, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. De no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la presente notificación podrá ser considerada propuesta de resolución. Se le informa que el régimen de abstención y recusación del instructor es el previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y que, a los efectos del artículo 21 de la Ley 39/2015 y del artículo 40.6 de la Ley 9/2006, de 26 de diciembre, de Servicios Ferroviarios de Andalucía, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa es de 1 año desde la fecha de iniciación del procedimiento. Transcurrido dicho plazo se producirá la caducidad, sin perjuicio de que se pueda iniciar un nuevo procedimiento si la acción no hubiera prescrito.

Sevilla, 6 de septiembre de 2018.- El Instructor, Antonio de Seras Marcos.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en los art. 42 y 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

Descargar PDF