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Advertido un error en la resolución de 30 de agosto de 2018, de la Dirección General de Memoria Democrática, por la que se convocan para el año 2018 las ayudas previstas en la Orden de 12 de julio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actividades de investigación, estudio y divulgación, dentro de las actuaciones en materia de memoria democrática en Andalucía (BOJA núm. 171, de 4 de septiembre de 2018), se procede a efectuar su oportuna corrección en los términos que se indican a continuación:
En el apartado Quinto del Dispongo, donde dice:
«1. De conformidad con lo previsto en el apartado 6 del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras aprobadas por la Orden de 12 de julio de 2018 antes citada, la resolución de concesión deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses, desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.»
Debe decir:
«1. De conformidad con lo previsto en el apartado 16 del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras aprobadas por la Orden de 12 de julio de 2018 antes citada, la resolución de concesión deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses, desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.»
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