Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00142483.
Resolución de fecha 22 de agosto de 2018 del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia la constitución del sindicato denominado Sindicato Andaluz Integral de Servicios en siglas SAIS con número de depósito 71100085.
Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por don Rubén Martín Trujillo, mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2018/000286.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 2.8.2018 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 9.8.2018 y 21.8.2018.
Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por don Cristóbal Olmedo Camuñas, don Víctor Carnero Campos, don Juan Carlos Benítez Plaza, don Rubén Martín Trujillo, don Luis Meneses Villanueva, don Javier Montilla Montilla, todos ellos en calidad de promotores.
Se indica que el domicilio de la organización se fija en la calle Ágata, 62, Finca el Rayo, 29590 Málaga (Málaga), su ámbito territorial es interprovincial y el funcional es el establecido en el artículo 3.º de sus estatutos.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Lo que se le comunica para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada mediante recurso de reposición, con carácter potestativo, ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde la recepción de la misma, o bien directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo previsto en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Sevilla, 22 de agosto de 2018.- El Secretario General, Eduardo Candau Camacho.
Descargar PDF