Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 25/09/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convocan procesos selectivos, de promoción interna, para cubrir diez plazas de la escala de gestión universitaria de esta universidad.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía, visto el acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba un plan cuatrienal de promoción interna suscrito con los representantes de los funcionarios y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios.

En virtud de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica de Universidades, 6/2001, de 21 de diciembre, en relación con el artículo 16.n) del Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía,

Acuerdo

Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía, por el sistema de promoción interna, con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, Diez plazas de la Escala de Gestión de la Universidad Internacional de Andalucía: (Grupo A, subgrupo A2).

1.2. Las presentes pruebas selectivas se regirán, en cuanto les sea de aplicación, por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, los Estatutos de la Universidad Internacional de Andalucía y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El proceso selectivo, que se llevará a cabo mediante el sistema de concurso-oposición constará de las siguientes fases: Fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I de esta resolución.

1.4. El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de las plazas convocadas.

1.6. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

1.7. El primer ejercicio de la oposición se iniciará no antes de la primera quincena del mes de febrero de 2019. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la resolución de la Universidad Internacional de Andalucía, que se publicará en el tablón de anuncios https://unia.es/rrhh, junto con las listas de admitidos y excluidos. Las pruebas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Hallarse en la situación administrativa de Servicio Activo en la Escala Administrativa de la Universidad Internacional de Andalucía, o en Cuerpos y Escalas de otras Administraciones Públicas encuadradas en el Subgrupo C1 y pertenecientes al ámbito funcional de Administración.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional octava del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la Escala a que se aspira.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

e) Prestar servicios en la Universidad Internacional de Andalucía.

f) Los funcionarios deben poseer los requisitos exigidos para el ingreso, tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, desde la correspondiente toma de posesión en los Cuerpos o Escalas a que se pertenezca el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad de Internacional de Andalucía en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.2. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización del ejercicio de la fase de oposición, manifestándolo en el apartado correspondiente de su solicitud.

3.3. Las solicitudes se presentarán el Registro General de la Universidad Internacional de Andalucía.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad Internacional de Andalucía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En dicha resolución que será publicada en el tablón de anuncios https://unia.es/rrhh, figurarán los aspirantes excluidos (apellidos, nombre y los cinco últimos dígitos del documento nacional de identidad), con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de la relación de admitidos. Los aspirantes que dentro del plazo no subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

La resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos que será publicada en citado tablón de anuncios, pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso administrativo de acuerdo con lo previsto en los arts. 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran alguna de los motivos previstos en el art. 23.2 de la Ley40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar a los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el art. 23.2 de la Ley 40/2015, citada. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, en su caso, se publicará en la p web de recursos humanos, Resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2, o por otras causas.

5.4. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de Presidente y Secretario y la mitad, al menos de sus miembros, sean titulares o suplentes.

5.6. El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad Internacional de Andalucía.

5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el aspirante podrá dirigirse a recursos.humanos@unia.es

5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría de la Escala que corresponda de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo.

5.11. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2. Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo en todo caso excluidos de la oposición quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter de unidad del acto de la convocatoria.

6.3. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.4. La publicación del anuncio de la celebración del primer ejercicio se realizará en la forma prevista en la base 4.1. Una vez comenzada las pruebas selectivas los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios https://unia.es/rrhh y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con, al menos, 24 horas de antelación a su comienzo.

7. Listas de aprobados.

7.1. Finalizado el primer ejercicio el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios citado, la lista de aspirantes con las puntuaciones correspondientes, con indicación de los 5 últimos dígitos de su documento nacional de identidad.

7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, entablón de anuncios, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación final alcanzada en ambas fases que han superado el proceso selectivo, y con indicación, en todo caso, del documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas fases.

7.3. La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declarar aprobados, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.

En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en caso de persistir el empate se atenderá a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso en el mérito que aparece enunciado en primer lugar, y así sucesivamente con los siguientes méritos en caso de persistir la igualdad.

7.4. Destinos: Los aprobados titulares de puestos de adscripción a las escalas C1/A2 deberán manifestar si optan por su propia plaza o no, en este segundo caso podrá ser ofrecida al resto de aprobados junto con aquellas otras vacantes presupuestadas de la RPT que la Gerencia, que elegirán por orden del resultado del proceso de selección.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieran públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados deberán presentar en la Gerencia de la Universidad Internacional de Andalucía, los documentos exigidos en la base 2.

8.2. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas.

8.3. Concluido el proceso selectivo, y comprobados los requisitos de los apartados anteriores, los aspirantes que lo hubieran superado (cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas), serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala de Gestión Universitaria, mediante Resolución del Rector de la Universidad Internacional de Andalucía. Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho. Los nombramientos deberán publicarse en la página web citada.

8.4. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento.

9. Norma final.

La presente Resolución agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este Órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la publicación de esta Resolución, según establecen los artículos 123 y 124 de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 18 de septiembre de 2018.- El Rector, José Sánchez Maldonado.

ANEXO I

Ejercicios y Valoración

El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

1. Fase de oposición.

Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios.

1.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas sobre las materias contenidas en el programa a que hace referencia el Anexo II de esta convocatoria. El Tribunal podrá establecer una penalización por las respuestas contestadas erróneamente. El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal. Se calificará con 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

1.2. Segundo ejercicio: Consistirá en redactar una Memoria por escrito respecto un supuesto práctico con diez preguntas de respuesta corta, siendo necesario para superarlo obtener al menos cinco plenamente correctas. El Tribunal propondrá un supuesto del bloque 2 y otro del 3 a elegir por el aspirante. Se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de ellos.

2. Fase de concurso:

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

2.1. Antigüedad: hasta 4 puntos.

Se valorará con 0,25 puntos por cada año o fracción de servicios prestados en la Universidad Internacional de Andalucía o reconocidos en los términos de lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

2.2 Grado Personal: hasta 2 puntos.

Se valorará el grado personal consolidado conforme a la siguiente escala:

Grado 20-21-22: 2 puntos.

Grado 18-19: 1 punto.

2.3. Formación: hasta 3 puntos.

Las acciones formativas deberán versar sobre materias relacionadas con las funciones de administración general, informática o conocimiento de idiomas. Todos los cursos impartidos por la UNIA se consideran relacionados con las funciones citadas.

La valoración del apartado de formación se realizará conforme a la siguiente escala:

- Por cada crédito (o 10 horas lectivas): 0,05 puntos.

- Por cada acción formativa homologada, en la que no conste su carga lectiva: 0,05 puntos.

Por cursos impartidos, la valoración será idéntica, no pudiéndose obtener más de 0,6 puntos en este subapartado.

2.4. Titulación: hasta 1 punto.

Se valorará con 1 punto estar en posesión de una titulación superior a la exigida en la convocatoria, esto es, licenciatura, arquitectura o ingeniería superior, máster oficial o Doctorado.

2.5. Idiomas.

Acreditación de nivel de un segundo idioma conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas a partir del B1 o superior, no acumulativos por el mismo idiomas, puntuándose el de mayor nivel, a razón de B1 0,50, B2 0.75, C1 1, C2 1,25. Máximo 2 puntos por nivel, no acumulativos.

1. Calificación final:

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso, no pudiendo resultar aprobados un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, conforme a lo establecido en la base 7. En caso de empate en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y de oposición, se resolverá atendiendo a lo establecido en la base 7.3.

ANEXO II

Bloque I.

Tema 1. La dirección de las organizaciones. Funciones directivas, el liderazgo. Grupos de trabajo y trabajo en equipo.

Tema 2. Calidad de los servicios públicos. El modelo EFQM.

Tema 3. La planificación estratégica y operativa.

Tema 4. La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De los interesados en el procedimiento (arts. 3 a 12). De la actividad de las Administraciones Públicas (arts. 13 a 33), De los actos administrativos (arts. 34 a 52). De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común (arts. 53 a 105). De la revisión de los actos en vía administrativa (arts. 106 a 126).

Tema 5. La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad (art. 4). De los órganos de las Administraciones Públicas, Competencia, Órganos colegiados de las distintas administraciones públicas, Abstención y recusación (arts. 5 a 24). De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas (arts. 32 a 37). Funcionamiento electrónico del sector público (arts. 38 a 46). De los convenios (arts. 47 a 53).

Tema 6. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho originario. Derecho derivado. Reglamentos, directivas y decisiones. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico español.

Tema 7. Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía. Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero. Estatutos de la Universidad Internacional de Andalucía. Decreto 236/2011, de 12 de julio.

Bloque 2.

Tema 1. Régimen económico y financiero de las Universidades públicas españolas.

Tema 2. Régimen Económico, Financiero y Patrimonial de las Universidades Andaluzas. La financiación de las Universidades. La gestión patrimonial de las Universidades. Las entidades participadas por las Universidades.

Tema 3. Régimen Económico y Financiero de la UNIA. Patrimonio. La programación y financiación. La Gestión Económica y Financiera. El Presupuesto. Contratación.

Tema 4. El Presupuesto de la UNIA. Elaboración y Aprobación. Estructura. Gastos corrientes y gastos de capital. Modificación en los créditos iniciales. Transferencias de créditos. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Ampliaciones de créditos. Incorporación de créditos. Generación de ingresos. Desgloses de aplicaciones presupuestarias. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órgano competente, fases del procedimiento: Contraído, intervenido. Documentos contables que intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Tema 5. Ley de contratos del sector público: Disposiciones generales (arts. 1 a 27). Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos (arts. 28 a 114).

Tema 6. El Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las Administraciones Públicas (arts. 8 a 13). Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos (arts. 14 a 54). Adquisición y pérdida de la relación de servicio (arts. 55 a 68). Ordenación de la actividad profesional (arts. 69 a 84). Situaciones administrativas (arts. 85 a 92). Régimen disciplinario (arts. 93 a 98). Ley de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 7. Administración electrónica y derechos de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos. Firma electrónica y documentos firmados electrónicamente. Registro y expediente electrónico

Tema 8. Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos: Definiciones (art. 4). Principios (arts. 5 a 11). Derechos del interesado (arts. 12 a 23). Responsable del tratamiento y encargado del tratamiento (arts. 24 a 43).

Bloque 3.

Tema 1. La Ley Orgánica de Universidades: De la evaluación y acreditación (arts. 31 a 32). De las enseñanzas y títulos (arts. 33 a 38). De la investigación en la universidad y de la transferencia del conocimiento (arts. 39 a 41). De los estudiantes (arts. 42 a 46). Del personal de administración y servicios de las Universidades públicas (arts. 73 a 78). Espacio europeo de enseñanza superior (arts. 87 a 89 bis).

Tema 2. La Ley Andaluza de Universidades: De las disposiciones generales (arts. 1 a 3). De la institución universitaria (arts. 4 a 31). De la comunidad universitaria (arts. 32 a 54). De la actividad universitaria (arts. 55 a 67). De la coordinación universitaria (arts. 68 a 81). De la calidad universitaria (arts. 82 a 86).

Tema 3. La ordenación de las Enseñanzas universitarias oficiales. El Sistema europeo de créditos. Sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Tema 4. Normas para la matriculación de estudiantes de posgrado y doctorado. Reconocimiento de estudios por convalidaciones, adaptaciones o equivalencias.

Tema 5. Normativa sobre enseñanzas de la UNIA acreditadas con títulos, diplomas y certificados propios.

Tema 6. Sistemas de calidad de los estudios universitarios de la UNIA.

Tema 7. Normativa sobre ayudas al estudio en la UNIA.

Tema 8. Programas de movilidad internacional: Guía del Programa Erasmus + sobre movilidad en estudios superiores de estudiantes y personal.

ANEXO III

Tribunal calificador

Miembros titulares:

Presidente: Rafael Serrano Aguilar, Gerente de la Universidad Internacional de Andalucía.

Secretaria: María Dolores García Morera, Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Sevilla.

Vocales:

José Manuel López Gómez, vicegerente de la Universidad Internacional de Andalucía.

Luis Meseguer Martínez, funcionario de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Huelva.

Rosalía Gata Mata, funcionaria de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Sevilla.

José Antonio Romo Jiménez, Escala de Gestión de la Universidad de Huelva.

Miembros suplentes:

Presidente: José Manuel López Gómez, Vicegerente de la Universidad Internacional de Andalucía.

Secretario: Antonio Castilla Higuero, Sección de personal y nóminas de la Universidad Internacional de Andalucía.

Vocales.

Emilio Garzón Heredia, Director de área de gestión académica de la Universidad Internacional de Andalucía.

José Antonio Ruiz Gallego, Director del área de planificación económica y financiera de la Universidad Internacional de Andalucía.

María Teresa Fernández Vega, Sección de planificación y calidad de la Universidad Internacional de Andalucía.

Neftalí Ríos del Moral, Sección de aplicaciones y portal de la Universidad Internacional de Andalucía.

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