Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 25/09/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 6 de septiembre de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 62.1/2013.

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Procedimiento: Pieza Separada 62.1/2013. Negociado: C3.

NIG: 2906744S20130003645.

De: Antoinette Caruana, Carlos Antonio González Sánchez y Carlos Pérez Roca.

Abogado: Ainhoa Pérez Roca.

Contra: Arts Internet Solutions, S.L., Henry Koenraad Meindert Marie Arts y Ais Operations, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en la Ejecución de Títulos Judiciales seguida en este Juzgado bajo el núm. 62.1/2013 a instancia de Antoinette Caruana contra Arts Internet Solutions, S.L., Henry Koenraad Meindert Marie Arts y Ais Operations, S.L., se ha dictado Resolución de fecha 6.9.2018 del tenor literal siguiente:

DECRETO NÚM. 376/2018

Letrado de la Administración de Justicia don Juan Carlos Ruiz Zamora.

En Málaga, a seis de septiembre de dos mil dieciocho.

(...)

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo:

Ratificar la declaración de insolvencia con carácter provisional acordada en decreto de fecha 17.10.2013 respecto de Ais Operations, S.L., con CIF: B 93126779, Arts Internet Solutions, S.L., con CIF: B93029775, y Henry Koenraad Meindert Marie Arts, con NIE: X5265217B; modificándose, sin embargo, la cuantía del principal pendiente de pago, que se fija en 17.756,52 €. Devuélvanse las presentes actuaciones al estado de archivo provisional en el que se encontraban.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de revisión ante este Juzgado, pese a lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito de 25 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Santander núm. 2955000064006213, usando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, salvo de los casos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia habrá de hacerse en la cuenta del Santander ES55 0049 3569 9200 05001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».

El/La Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a las demandadas, Arts Internet Solutions, S.L., Henry Koenraad Meindert Marie Arts y Ais Operations, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a seis de septiembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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