Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00142822.
El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 y ss. de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos del 60 al 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla y, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Resolución de 11 de junio de 2018, ha acordado el inicio del deslinde total, Expte. MO/00042/2018, del monte público «Sierra de Líjar-Olvera», propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Olvera, provincia de Cádiz, cuya parte dispositiva es la siguiente:
«1.º Se proceda al inicio del deslinde total del monte público Sierra de Líjar-Olvera, código de la Junta de Andalucía CA-10048-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Olvera, provincia de Cádiz.
2.º Encargar la elaboración de la memoria y la dirección de la ejecución de los trabajos de deslinde a don Francisco Javier García Hernanz y don Miguel A. Cueto Álvarez de Sotomayor, conforme a lo dispuesto en los artículos 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y el 63 del Reglamento Forestal de Andalucía, aprobado mediante el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre.»
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el plazo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se producirá la caducidad.
Contra el presente acto por ser de trámite no cabe interponer recurso.
Se advierte, a quienes se conceptúen como colindantes con el monte público u ostente algún interés legítimo que hacer valer en el expediente, de la necesidad de presentar toda la documentación que obre en su poder. Dicha documentación deberá ser presentada en la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio a efectos de tener formado mejor criterio sobre las fincas afectadas de cara a las jornadas de apeo.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho de los que integren la pretensión titularidad, deberá comunicarse a esta Delegación Territorial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Para cualquier tipo de aclaración, se deberá llamar al teléfono 670-940591, 671-591419, así como concertar cita para la consulta del expediente.
Cádiz, 21 de septiembre de 2018.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.
Descargar PDF