Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 03/10/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Vivienda

Orden de 27 de septiembre de 2018, por la que se acuerda la delimitación del Área de Regeneración y Renovación Urbana y Rural del Polígono Guadalquivir, en Córdoba.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00143240.

En ejecución de los Planes andaluces de vivienda y suelo, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha venido desarrollando actuaciones de rehabilitación integral en ámbitos urbanos sujetos a procesos de segregación y graves problemas habitacionales. Estas actuaciones han perseguido invertir los procesos de degradación urbana y residencial, favoreciendo la mejora de las condiciones de alojamiento de la población, a la vez que otros aspectos de carácter urbanístico, social, económico y ambiental.

El Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 de Andalucía, aprobado por el Decreto 395/2008, de 24 de junio, estableció las Áreas de Rehabilitación de Barrios y de Centros Históricos con el objetivo de impulsar los procesos de rehabilitación integral de ámbitos urbanos afectados por problemas habitacionales. Para el desarrollo de las actuaciones acogidas a esta figura, se delimitaron y declararon numerosos ámbitos urbanos localizados en distintos municipios andaluces, en los que se desarrollaron actuaciones de rehabilitación integral. Las características y problemática abordada con estas actuaciones, recomendaron garantizar la continuidad de las mismas en estos ámbitos, así como la incorporación de otros para el desarrollo de nuevas intervenciones de rehabilitación de carácter integrado. Así, el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, por el que se regula el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, establece las Áreas de Rehabilitación Integral, cuyo objeto es el fomento, la coordinación y el desarrollo de actuaciones integrales de rehabilitación, regeneración y renovación urbana, en ámbitos urbanos sujetos a procesos de segregación y graves problemas habitacionales que afectan a sectores de población en riesgo de exclusión social.

En el mismo sentido, el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, incluye el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, cuya finalidad consiste en la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación de edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación en sustitución de edificios demolidos, dentro de ámbitos de actuación previamente delimitados. El artículo 48  del citado Real Decreto establece que, para el reconocimiento de las ayudas previstas, el área de regeneración y renovación urbana y rural deberá cumplir y acreditar que está delimitado territorialmente por acuerdo de la Administración competente.

Con fecha 31 de julio de 2018, fue suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la ejecución del citado Plan Estatal. En su cláusula Novena se establece que el desarrollo de cualquier actuación del Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, requerirá, con carácter previo, la suscripción, a propuesta de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de un Acuerdo de la Comisión Bilateral de Seguimiento del citado Convenio de Colaboración.

En base a lo anterior, una vez definidos los ámbitos y los fines generales de las actuaciones propuestas y con el objetivo de suscribir el correspondiente Acuerdo de la Comisión Bilateral, procede acordar la delimitación del Área de Regeneración y Renovación Urbana y Rural del Polígono Guadalquivir, de la ciudad de Córdoba.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Secretaría General de Vivienda, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto 211/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Vivienda,

DISPONGO

Primero. Delimitación del Área de Regeneración y Renovación Urbana y Rural del Polígono Guadalquivir, en Córdoba.

1. Se acuerda, a los efectos de lo previsto en el artículo 48 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, la delimitación del Área de Regeneración y Renovación Urbana y Rural del Polígono Guadalquivir en Córdoba.

2. La delimitación geográfica del ámbito urbano incluido en el apartado anterior coincide en sus límites y extensión con la definida en la propuesta de actuación elaborada por la Consejería de Fomento y Vivienda para su remisión al Ministerio de Fomento, pudiéndose consultar en la dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoyvivienda/areas/vivienda-rehabilitacion/rehabilitacion/paginas/regeneracion-urbana.html.

Segundo. Efectos.

La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Fomento y Vivienda en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de septiembre de 2018

FELIPE LÓPEZ GARCÍA
Consejero de Fomento y Vivienda
Descargar PDF