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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 84/2018. Negociado: C3.
NIG: 2906744S20170011963.
De: Doña Juana Santiago Maldonado.
Abogado: José Antonio Alarcón Blanco.
Contra: La Faraona de Málaga, S.L.
EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el núm. 84/2018 a instancia de Juana Santiago Maldonado contra La Faraona de Málaga, S.L., sobre
Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 2.10.2018 del tenor literal siguiente:
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia don Juan Carlos Ruiz Zamora.
En Málaga, a dos de octubre de dos mil dieciocho (...).
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
1. Reabrir la presente ejecución núm. 84/2018.
2. Requerir al Fondo de Garantía Salarial para que en plazo de tres días comunique si se ha subrogado en el crédito del trabajador, indicando en su caso la cuantía. Con su resultado se acordará sobre el destino de la cantidad conseguida.
3. Decretar el embargo de las devoluciones fiscales que puedan resultar respecto de la ejecutada por parte de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, expidiéndose a tal fin la oportuna orden telemática.
4. Y reiterar la orden telemática de embargos de saldos bancarios de la demandada.
Modo de impugnación: Mediante recurso directo de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Para recurrir en revisión las resoluciones dictadas por el Letrado de la Administración de Justicia deberá antes acreditarse consignación de depósito de 25 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Santander núm. 2955000064008418, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Revisión de resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia», de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la Disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si el ingreso se efectuare por transferencia habrá de hacerse en la cuenta del Santander ES55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Revisión de resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia».
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado La Faraona de Málaga, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a dos de octubre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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