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Advertidos errores en el texto de la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de las Iniciativas de Cooperación Local, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía (BOJA núm. 143, de 25 de julio de 2018), se procede a su corrección en los términos que se indican a continuación:
Primero. En la página 17, en el apartado 1, en su segundo párrafo, donde dice «Las personas destinatarias contarán con acciones de orientación y tutorización,...» debe decir «Las personas destinatarias contarán con acciones de orientación, tutorización e inserción laboral en su caso,…».
Segundo. En la página 17, en el punto 2.a).2, donde dice «Este personal deberá contratarse diez días antes de la primera contratación de personas incluidas en el apartado anterior y deberá mantenerse hasta veinte días después de la finalización de último contrato del proyecto.» debe decir «Este personal deberá contratarse diez días antes de la primera contratación y deberá mantenerse hasta veinte días después de la finalización del último contrato, en ambos casos, de personas incluidas en los puntos b) o c) del apartado anterior.».
Tercero. En la página 21, se añade un párrafo al final de apartado 5.b).1.º1. «La contratación se formalizará por meses completos».
Cuarto. En la página 21, en el párrafo segundo del apartado 5.d), donde dice «Los gastos subvencionables relativos a la contratación del personal técnico de inserción, incluido en el apartado 2.a).2 del cuadro resumen, deberán realizarse desde diez días antes a la primera contratación hasta veinte días después de la finalización del último contrato del proyecto.» debe decir «Los gastos subvencionables relativos a la contratación del personal técnico de inserción, incluido en el apartado 2.a).2 del cuadro resumen, deberán realizarse desde diez días antes a la primera contratación de personas incluidas en el punto b) o c) del apartado 2.a).1, hasta veinte días después de la finalización del último contrato de persona perteneciente a estos dos colectivos.»
Quinto. En la página 25, en el primer párrafo del apartado 14, donde dice «El formulario Anexo II se deberá presentar acompañado de original, copia auténtica o autenticada de la siguiente documentación:», debe decir «El formulario Anexo II se deberá presentar acompañado de documentos electrónicos, copias electrónicas de documentos electrónicos o copias electrónicas de documentos emitidos originalmente en soporte papel, o copias digitalizadas de los documentos originales mediante firma electrónica avanzada, de la siguiente documentación:»
Sexto. En la página 28, en el apartado 22.b)3.º3.)a) donde dice «Estar en posesión de una titulación universitaria en Ciencias Humanas y Sociales.» debe decir «Estar en posesión de una titulación universitaria».
Séptimo. En la página 28, en el apartado 22.b)3º3) se añade a su término el siguiente párrafo correspondiente a los criterios de selección del personal técnico de inserción: «La selección para la contratación del personal técnico de inserción se realizará entre las personas desempleadas, residentes en el municipio de referencia, propuestas por el Servicio Andaluz de Empleo sobre la base de adecuación al perfil solicitado para el puesto con la misma orden de prelación especificado para los casos correspondientes en el apartado 22.b)3º.4.1».
Octavo. En la página 29, en el apartado 22.b)3.º4).4.4 donde dice «Si en el municipio en el que se ejecute la actuación no existieran personas incluidas en los apartados 4.1 y 4.2 que cumpliesen los requisitos de la oferta, la búsqueda se ampliará a los municipios del Área Territorial de Empleo correspondiente, a la provincia o a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su caso, aplicando los mismos criterios de prelación antes descritos.» debe decir «Si en el municipio en el que se ejecute la actuación no existieran personas incluidas en los apartados 3) y 4) 4.1 y 4.2 que cumpliesen los requisitos de la oferta, la búsqueda se ampliará a los municipios del Área Territorial de Empleo correspondiente, a la provincia o a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su caso, aplicando los mismos criterios de prelación antes descritos. »
Noveno. En la página 30, se suprime el último párrafo del punto 6) del apartado 22.b)3.º
Décimo. En la página 32, en el apartado 25.f).1.º donde dice «En el supuesto de aquellos ayuntamientos que hayan empleado personal propio para las tareas del personal técnico de inserción, se incluirá certificado emitido por la persona titular del Departamento de Intervención del cumplimiento de los requisitos de titulación y experiencia, así como del número de horas de dedicación» debe decir «En el supuesto de aquellos ayuntamientos que hayan empleado personal propio para las tareas del personal técnico de inserción, se incluirá certificado emitido por la persona titular del Departamento de Intervención del cumplimiento de los requisitos de titulación así como del número de horas de dedicación».
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