Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 19/10/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática

Resolución de 15 de octubre de 2018, de la Dirección General de Administración Local, por la que se reclasifican los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención del Excmo. Ayuntamiento de Torrox (Málaga) reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de clase primera a clase segunda.

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El Ayuntamiento de Torrox (Málaga) ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la modificación de la clasificación de los puestos de Secretaría y de Intervención de esa Corporación, actualmente con Secretaría de clase primera, y su reclasificación en clase segunda, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 13, 24 y 25 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Junto con la solicitud se aporta certificados de Secretaría relativos a la cifra de población del municipio, de las características de los puestos a reclasificar, que la modificación planteada se encuentra recogida en el Presupuesto y Plantilla de la Entidad actualmente vigente, así como acreditación de cumplir con la normativa que le es de aplicación y de contar con dotación presupuestaria adecuada y suficiente.

De los artículos 8, 13, 24 y 25 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, se desprende que los puestos de trabajo de Secretaría en municipios con población comprendida entre 5.001 y 20.000 habitantes, y los municipios con población inferior a 5.001 habitantes, pero con un presupuesto superior a 3.000.000 € tienen el carácter de Secretarías de clase segunda y están reservados a funcionarios que pertenecen a la subescala de Secretaría, categoría de entrada. Asimismo, los puestos de trabajo de Intervención en corporaciones con secretaría de clase segunda tienen el carácter de Intervenciones de clase segunda y están reservadas a funcionarios que pertenecen a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada.

Consultado el Registro Integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el puesto de Intervención en el Ayuntamiento de Torrox se encuentra ocupado por doña Elena Belén López Jiménez, mediante nombramiento definitivo obtenido por concurso, y el puesto de Tesorería por doña María Esther Ruiz Gutiérrez, también nombrada mediante concurso. Se aportan declaraciones de ambas funcionarias prestando conformidad ante la modificación propuesta. La disposición adicional primera del ya citado Real Decreto, establece que las modificaciones en la clasificación no afectarán a los destinos de quienes los vinieran desempeñando de forma definitiva.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, y por el artículo 12.2.d) del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, aplicable en virtud de los artículos 2 y 3 del Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Clasificar los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención del Ayuntamiento de Torrox (Málaga) como de clase segunda, para su desempeño por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de las subescalas de Secretaría, categoría de entrada, y de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, respectivamente.

Segundo. La modificación de la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría, no afectará al destino de quien lo viniera desempeñando con carácter definitivo, continuando como titular del puesto de trabajo de Intervención doña Elena Belén López Jiménez y de Tesorería doña María Esther Ruiz Gutiérrez.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su recepción, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la publicación.

Sevilla, 15 de octubre de 2018.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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