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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Cajagranada Memoria de Andalucía, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 9.7.2018 tiene entrada en el Registro Auxiliar de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática escrito de la Fundación Cajagranada Memoria de Andalucía, por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria acordada por su Patronato en reunión celebrada el día 23.4.2015.
Segundo. Al expediente se aporta escritura pública –y copia simple– de fecha 15.6.2018, otorgada ante el Notario don Luis María de la Higuera González, bajo el número 829 de su protocolo, de elevación a público de los acuerdos de modificación de estatutos de la Fundación Cajagranada Memoria de Andalucía.
Tercero. Con fecha de 30.10.2015 se emitió Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la se acuerda autorizar la modificación de los estatutos por parte de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, como Protectorado de las fundaciones que gestionan la obra social de las Cajas de Ahorros con domicilio social en Andalucía, orden que consta incorporada a la documentación de la escritura notarial citada.
Cuarto. Según la mencionada orden: «La modificación estatutaria afecta a la redacción de los preceptos estatutarios, señalados a continuación, de los estatutos reguladores de la fundación, inscritos en el Registro de Fundaciones de Andalucía, contenidos en escritura pública de 18 de diciembre de 2013, otorgada ante el Notario don Manuel Rojas García Creus, bajo el número 1.808 de su protocolo.
Da nueva redacción a los arts. 1, 2, 4, 5, 6, 11, 13, 16, 21, 23, 26 y 28.
Suprime el art. 29.
Renumera los arts. 30 a 33, que pasan a ser los arts. 29 a 32, modificándose la redacción del art. 32».
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 46.a) del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, sobre funciones del Protectorado en relación con la modificación de estatutos acordada por el Patronato de la Fundación, se informa favorablemente, con fecha 30 de octubre de 2015, por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, como Protectorado de las Fundaciones que gestionan obra social de las Cajas de Ahorros con domicilio en Andalucía.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y en el artículo 37 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Decreto 279/2003, deberán inscribirse en dicho Registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 10.4 del Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESUELVE
Primero. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación de estatutos de la Fundación Cajagranada Memoria de Andalucía, formalizada en escritura pública de 15 de junio de 2018 otorgada ante el Notario don Luis María de la Higuera González, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, bajo el número 829 de su protocolo, quedando mediante dicho testimonio notarial incorporados los nuevos estatutos a la escritura pública reseñada.
Segundo. Notificar la presente resolución a la Fundación, dar traslado de la misma a la Consejería de Hacienda y Administración Pública y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la Consejera de Justicia e Interior.
Sevilla, 12 de septiembre de 2018.- El Director General, Francisco Muñoz Aguilera.
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