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NIG: 0490242C20150000962.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 237/2015. Negociado: Tr.
De: Juegomatic, S.A.
Procuradora: Sra. María del Pilar Lucas-Piqueras Sánchez.
Letrado: Sr. Javier Mendoza Cerrato.
Contra: Don Sergio Javier Herrada Gómez.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 237/2015 seguido a instancia de Juegomatic, S.A., frente a Sergio Javier Herrada Gómez se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres.
El Ejido (Almería).
SENTENCIA NÚM. 121/15
En El Ejido, a 10 de noviembre de 2015.
Vistos y examinados los presentes autos núm. 237/2015, de juicio verbal, por doña Sonia Almagro García, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de El Ejido y su partido; seguidos a instancia de Juegomatic, S.A., representado por la Procuradora doña María Pilar Lucas-Piqueras Sánchez, y asistido por el Letrado Sr. Javier Mendoza Cerrato; contra don Sergio Javier Herrada Gómez, en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Que estimando la demanda presentada en representación de Juegomatic, S.A., contra don Sergio Javier Herrada Gómez, debo declarar y declaro resuelto el contrato suscrito por las partes y condenar a don Sergio Javier Herrada Gómez a pagar al actor la cantidad de 5.914,05 euros, más los intereses legales fijados en la Ley 3/2004; todo ello con expresa imposición de costas al demandado.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial de Almería, interponiendose ante este Juzgado en el plazo de 20 días.
Por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Sergio Javier Herrada Gómez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En El Ejido, a 14 de marzo de 2018.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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