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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 209/2017. Negociado: I.
NIG: 4109144S20150009444.
De: Don Alberto González Ternero.
Abogado: José Manuel Cotán García.
Contra: Fogasa, Grupo Híspalis de Formación e Híspalis de Formación, S.L.
EDICTO
Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 209/2017 a instancia de la parte actora, don Alberto González Ternero, contra Fogasa, Grupo Híspalis de Formación e Híspalis de Formación, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO 42/18
Letrada de la Administración de Justicia, doña Araceli Gómez Blanco.
En Sevilla, a doce de enero de dos mil dieciocho
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Alberto González Ternero ha presentado demanda de ejecución frente a Híspalis de Formación, S.L.
Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 27 de noviembre de 2017 por un total de 585,52 euros de principal más la de 175 euros presupuestadas para intereses y costas.
Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
Declarar al/a los ejecutado/s Híspalis de Formación, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 585,52 euros de principal más la de 175 euros presupuestadas para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado, debiendo indicar, en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado Híspalis de Formación, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a doce de enero de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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