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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 147/2017. Negociado: 4.
NIG: 2906744S20160013311.
De: Don Jonathan Ángel Hidalgo.
Abogado: Miguel Ángel Gil Toro.
Contra: Khan Mehdi.
EDICTO
Doña María Dolores Fernández de Liencres Ruiz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Nueve de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 147/2017 a instancia de la parte actora don Jonathan Ángel Hidalgo contra Khan Mehdi sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 23.10.2018 del tenor literal siguiente:
DECRETO NÚM. 466/18
Letrada de la Administración de Justicia doña María Dolores Fernández de Liencres Ruiz.
En Málaga, a veintitrés de octubre de dos mil dieciocho.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Jonathan Ángel Hidalgo, ha presentado demanda de ejecución frente a Khan Mehdi.
Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 9.11.2017 por un total de 4.122,14 € en concepto de principal.
Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
Declarar al ejecutado Khan Mehdi en situación de insolvencia total por importe de 4.122,14 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.
Y para que sirva de notificación al demandado Khan Mehdi actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucia (BOJA), con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a veintitrés de octubre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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