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En cumplimiento de lo ordenado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada en el procedimiento ordinario núm. 1017/2018, que tiene origen en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Cristóbal Rivero Molina contra el Acuerdo de 19 de junio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se resuelve el concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial de ámbito local en Andalucía, publicado en el BOJA núm. 122, de 26 de junio de 2018, en el que el recurrente no resulta adjudicatario de las licencias para las que había optado en su momento correspondientes a las demarcaciones de Vélez-Málaga y Nerja, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo número 1017/2018 y ordenar la remisión del correspondiente expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada.
Segundo. Emplazar a aquellas personas interesadas cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones del demandante, y asimismo ante la posible existencia de interesados en el procedimiento que sean desconocidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado, con el fin de que si lo estimasen conveniente a sus intereses puedan comparecer y personarse en legal forma, en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de esta resolución, ante la Sección 1I de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Sevilla, 6 de noviembre de 2018.- La Secretaria General Técnica, María Teresa García de Casasola Gómez.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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