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El Decreto 153/2017, de 26 de septiembre (BOJA del 4 de octubre), regula el procedimiento para la selección, nombramiento, evaluación, formación y reconocimiento de los directores y las directoras de los centros docentes públicos no universitarios de los que es titular la Junta de Andalucía.
La Orden de 10 de noviembre de 2017 (BOJA del 20 de noviembre) desarrolla el procedimiento para la selección y el nombramiento de los directores y las directoras de los referidos centros docentes públicos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la citada Orden de 10 de noviembre de 2017, esta Dirección General
HA RESUELTO
Primero. Convocar concurso de méritos para la selección de directores y directoras de los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo I de esta resolución.
Segundo. El concurso de méritos se desarrollará según el procedimiento establecido en la Orden de 10 de noviembre de 2017, por la que se desarrolla el procedimiento para la selección y el nombramiento de los directores y las directoras de los centros docentes públicos no universitarios de los que es titular la Junta de Andalucía, y de acuerdo con el calendario que se incluye como Anexo II.
Tercero. El Anexo I de la presente resolución se publicará en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales y, a efectos meramente informativos, en el portal web de la Consejería, el día 20 de noviembre de 2018.
Cuarto. En aplicación de lo establecido en el artículo 3.1 de la Orden de 10 de noviembre de 2017, quienes participen en el concurso de méritos, que deberán reunir los requisitos del artículo 4 de dicha orden, deberán cumplimentar la solicitud mediante la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen, y que habrá de firmarse y presentarse electrónicamente. Todo ello a través del portal docente de la Consejería de Educación (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente/).
Las personas interesadas deberán disponer para ello de un certificado electrónico reconocido, expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación cuyos certificados reconoce la Administración de la Junta de Andalucía. Asimismo, la solicitud se podrá cumplimentar utilizando el Usuario Idea para acceder al portal docente y la Tarjeta DIPA para la firma. No se tendrán en cuenta las solicitudes que no completen el proceso de presentación establecido. Las personas solicitantes deberán obtener y conservar el resguardo del registro electrónico de la solicitud para cualquier comprobación que proceda realizar sobre la misma.
Cada solicitante presentará una única solicitud en la que podrá consignar hasta un máximo de tres centros docentes públicos ordenados según su preferencia, para acceder a la dirección de uno de ellos. En el caso de que presente más de una solicitud, solo se tendrá en consideración la última presentada.
Quinto. Proyecto de dirección.
El proyecto de dirección al que hace referencia el artículo 4.1.d) de la Orden de 10 de noviembre de 2017 se adjuntará a la solicitud como documento único, en formato digital, y tendrá una extensión máxima de 50 páginas, incluidos posibles anexos, en su caso, y excluidas portada y contraportada, en formato DIN-A4, interlineado sencillo y con fuente de letra tipo Arial, Times New Roman o similar, no inferior a 12 puntos y sin comprimir.
En el supuesto de que el documento del proyecto de dirección no se ajustase a las previsiones anteriormente citadas, la persona solicitante resultará excluida del procedimiento.
Sexto. Resoluciones provisional y definitiva del procedimiento.
1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y comprobado que se cumplen los requisitos de esta convocatoria, esta Dirección General dictará resolución haciendo pública la relación provisional de candidaturas admitidas y excluidas, en su caso, con expresión de las causas de exclusión. La publicación de la resolución en el portal web de la Consejería de Educación servirá de notificación a las personas interesadas, conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de la citada resolución, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga. En el mismo plazo podrán presentar renuncia a su participación en el concurso de méritos, entendiendo que la misma afecta a todos los centros docentes consignados en su solicitud.
2. Una vez consideradas las alegaciones y renuncias que se hubieran presentado, este centro directivo, mediante resolución, elevará a definitiva la relación de candidaturas admitidas y excluidas, en su caso, con expresión de las causas de exclusión. La publicación de la resolución en el portal web de la Consejería de Educación servirá, asimismo, de notificación a las personas interesadas, conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicta la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 7 de noviembre de 2018.- La Directora General, Antonia Cascales Guil.
ANEXO II
CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTORES Y DIRECTORAS DE CENTROS DOCENTES PÚBLICOS
Presentación de solicitudes | Del 21 de noviembre al 20 de diciembre de 2018 |
Publicación de la relación provisional de candidaturas admitidas | 25 de enero de 2019 |
Publicación de la relación definitiva de candidaturas admitidas | 15 de febrero de 2019 |
Elección de los miembros de las Comisiones de Selección (representantes de Claustros de Profesorado y de Consejos Escolares) | Del 18 al 22 de febrero de 2019 |
Designación de los representantes de la Administración educativa y publicación de la composición de las Comisiones de Selección | Del 18 de febrero al 8 de marzo de 2019 |
Constitución de las Comisiones de Selección | Hasta el 22 de marzo de 2019 |
Sesiones extraordinarias de Claustros de Profesorado y de Consejos Escolares para exposiciones de proyectos de dirección | Del 25 al 29 de marzo de 2019 |
Exposiciones de proyectos de dirección ante las Comisiones de Selección Valoraciones de proyectos de dirección y de méritos académicos y profesionalesPublicación de relaciones provisionales de puntuaciones obtenidas |
Hasta el 3 de mayo de 2019 |
Publicación de relaciones definitivas de puntuaciones obtenidas y propuestas de nombramientos | 24 de mayo de 2019 |
Nombramiento de directores y directoras | Hasta el 21 de junio de 2019 |